Resolución CNV Nº 141-09 de 19 de mayo de 2009, 'POR EL CUAL SE DA POR TERMINADO EL REGISTRO DE LOS BONOS CORPORATIVOS POR DOCE MILLONES DE DOLARES (US$12,000,000) DE SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A. AUTORIZADO MEDIANTE RESOLUCIÓN CNV NO. 21-2004 DE 11 DE FEBRERO DE 2004, ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES'.

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

RESOLUCION CNV No.____141-09___

de__19____ de __mayo___de 2009

La Comisión Nacional de Valores

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución CNV No. 21-2004 de 11 de febrero de 2004 la Comisión Nacional de Valores autorizó para ofrecer en venta al público Bonos Corporativos por un total de Doce Millones de Dólares (US$12,000,000) a la sociedad denominada SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A., constituida de acuerdo a las leyes de la República de Panamá, e inscrita a la Ficha 22067, Rollo 1074 e Imagen 436 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público;

Que la SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A., ha solicitado mediante Apoderado Especial, la terminación del registro de dichos Bonos por haberse redimido anticipadamente, el 16 de mayo de 2008.

Que con la solicitud SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A. presentó documentación mediante la cual ha acreditado que:

La Junta Directiva en Reunión Extraordinaria celebrada el 20 de enero de 2009, autorizó deslistar de la Bolsa de Valores de Panamá, S.A., y tramitar la solicitud de terminación de registro en la Comisión Nacional de Valores de la emisión de Bonos Corporativos por US$12,000,000, autorizada para oferta pública mediante la Resolución CNV No.21-2004, como consta en Acta de la reunión firmada por el Presidente y Secretario de la sociedad.

  1. La emisión de Bonos Corporativos por US$12,000,000 fue deslistada de la Bolsa de Valores de Panamá, S.A. a partir del 16 de mayo de 2008, fecha en que fue redimida anticipadamente, como consta en certificación de 23 de diciembre de 2008,expedida por la Bolsa.

Que la SOCIEDAD URBANIZADORA DEL CARIBE, S.A., realizó las publicaciones de Aviso de Terminación de registro los días 29, 30 y 31 de enero de 2009, cuyo periodo de presentación para objeciones a la terminación, venció el 19 de marzo de 2009.

Que revisada la documentación y habiendo transcurrido más de treinta (30) días hábiles, desde la última publicación del Aviso de Terminación a que se refiere el Artículo 24 del Acuerdo No.6-2000 de 19 de mayo de 2000 sin que se hayan recibido objeciones a la presente solicitud, esta Comisión estima procedente resolver de conformidad.

Que el 7 de mayo del presente año se recibió memorandum CNV-083-09-ADM-(02) de 4 de mayo de 2009 en el que la Dirección de Administración de la Comisión Nacional de Valores informa que la SOCIEDAD...

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