Sentencia Quinta de Corte Suprema de Justicia (Panama), Quinta de Instituciones de Garantía, 4 de Octubre de 1999
Ponente | OSCAR CEVILLE |
Fecha de Resolución | 4 de Octubre de 1999 |
Emisor | Quinta de Instituciones de Garantía |
VISTOS:
El licenciado E.N.S.M. actuando en representación de las señoras ZENAIDA OLIVARES y D.F. presentó acción de Hábeas Corpus en contra del F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado PATRICIO CANDANEDO.
La vinculación de las señoras OLIVARES y FERNANDEZ se origina de la incautación de una carga de pescados en el aeropuerto internacional de Tocumen, iban enviar 62 cajas de pescado a Miami Florida y dentro de los compartimientos de polifón que protegían la mercancía, específicamente, 59 filtros se encontraban impregnados de una pasta blanca con el olor característico de la Cocaína.
La carga en cuestión era propiedad de la empresa VILDEMAR PANAMA, S. A. y PESCADERIA SERGIO, al profundizar las investigaciones se ubicó a una mujer de nombre Z., que tenía como función entregar diez mil dólares (B/10,000.00) a un sujeto de nombre SERGIO VEGA, teniendo éste último vínculos directos con la PESCADERIA SERGIO para el pago de la carga donde se encontraba la droga incautada.
Con relación a D.F. se registraron movimientos bancarios efectuados por ésta a personas involucradas de manera directa con esta investigación.
Por otra parte al efectuarse diligencia de allanamiento en el domicilio de estas imputadas se les encontró documentos de las empresas VILDEMAR PANAMA S. A y PESCADERIA SERGIO, dinero en altas denominaciones y armas de fuego pertenecientes a los propietarios de las empresas arriba anotadas.
La instrucción del sumario se ha dilatado en exceso, por lo que el licenciado S.M. muestra su inconformidad a través de esta acción constitucional.
CONSIDERACIONES DEL SOLICITANTE
El licenciado S.M. considera que la privación de sus representadas es ilegal, que tienen más de un año de encontrarse detenidas, sin que exista pronunciamiento por parte del funcionario instructor que permita conocer el resultado del sumario.
Agrega que de ser consideradas culpables, su participación en el ilícito sería como cómplices, por lo que ya les correspondería su libertad.
Concluye manifestando que han sido violados los artículos 21, 22, 23 y 31 de la Constitución Política de la República de Panamá.
RESPUESTA DEL FUNCIONARIO ACUSADO
El licenciado PATRICIO CANDANEDO, como funcionario instructor que tramita este sumario explica a fojas 11 y siguientes el fundamento de hecho que originó la emisión de las órdenes de detención, explicando razonadamente la participación de las señoras Z.O. y D.F. en este ilícito.
Agrega...
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