Sentencia Quinta de Corte Suprema de Justicia (Panama), Quinta de Instituciones de Garantía, 13 de Agosto de 1999

PonenteELITZA A. CEDEÑO
Fecha de Resolución13 de Agosto de 1999
EmisorQuinta de Instituciones de Garantía

VISTOS:

El Licenciado P.M.G., presentó ante el Pleno de la Corte Suprema, acción de Habeas Corpus contra la Fiscal Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, a favor de F.A.F. sindicado por delito contra la salud pública.

Librado el mandamiento que exige la ley, la Fiscal Segunda, Licenciada T.P., mediante Oficio No. FD2-T15-4050-99 rindió su informe de conducta en los siguientes términos:

"PRIMERO: Esta Agencia del Ministerio Público mediante resolución calendada 18 de marzo de 1999 ordenó, entre otras cosas, la detención preventiva de F.A.F..

SEGUNDO

En cuanto a los motivos o fundamentos de hecho tenemos que, el 17 de marzo de 1999, esta Fiscalía realizó diligencia de allanamiento, previa compra simulada de drogas en la residencia F21, del Sector de las 500, ubicada en el Corregimiento Victoriano Lorenzo de San Miguelito, en base a información obtenida por parte de la Dirección e Investigación Policial del Departamento Anti Drogas, de la Policía Nacional, en el sentido de que en ese lugar, residencia de la familia FERNÁNDEZ, un sujeto apodado Frisco se dedica a la venta de drogas, en compañía de sus hijos A.Y.P.F.. (F. 6-10).

En la vivienda fueron hallados 178 sustancia, 25.93 gramos que corresponden a la sustancia conocida como cocaína o crack, además de 4 billetes de B/1.00 de los utilizados en la compra simulada.

El acta de allanamiento deja constancia (Fs. 13-19) que la droga se encontraba repartida en el baño, 11 sustancias ilícitas en el piso, al lado de estas, una botella de vinagre con seis sustancias más, en la parte de atrás de la casa, una cajeta de fósforo con 23 sustancias y la suma de B/50.50 desglosados. Todo lo anterior se encontraba de manera visible. En la vivienda se encontraba F.A.F., hermano del menor A.F.Y.F.F. padre de ambos quienes, según informe visible a fojas 27, al percatarse de la presencia de las autoridades, se negaron a abrir la puerta. Dos de ellos corrieron hacia dentro del inmueble y el otro hacia la parte trasera, haciéndose necesario forzar la puerta. El informe deja constancia de que el sujeto señalado por la fuente, como la persona que vendió la droga, corrió hacia el baño y logró desacerse de cierta cantidad, tirándola en el inodoro y halando la cadena.

Los elementos antes anotados nos permiten concluir que existen indicios de presencia y oportunidad en contra de F.A.F. ya que, por una parte se ha acreditado debidamente el hecho punible (F. 86) y, por la otra estaba presente en el lugar de los hecho, se negó junto con su padre y hermano a abrir la puerta a las autoridades y tratando de sustraerse de la acción de la justicia y de desaparecer la droga, y estaba presente, de manera activa, cuando se realizó la venta de drogas.

En cuanto a las razones de derecho, tenemos que la conducta investigada conlleva una pena mínima que sobrepasa los dos años de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR