Resolución Nº 288-06 de 12 de diciembre de 2006, "POR LA CUAL SE EXPIDE LICENCIA DE CORREDOR DE VALORES A EDUARDO QUINTERO PARRA, PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL No. 8-223-201."

REPUBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN No. 288-06

( 12 de diciembre de 2006)

La Comisión Nacional de Valores,

en uso de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999, Artículo 8, atribuye a la Comisión Nacional de Valores la facultad de expedir licencia a los Corredores de Valores;

Que el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999, Título III, Capítulo IV, establece que sólo podrán ocupar el cargo o desempeñar las funciones de Corredores de Valores en la República de Panamá, aquellas personas que hayan obtenido la correspondiente licencia expedida por la Comisión;

Que el Artículo 49 de la citada excerta legal establece que las personas que soliciten licencia de Corredor de Valores deberán aprobar el examen correspondiente establecido por la Comisión Nacional de Valores;

Que, el 16 de diciembre de 2005, Eduardo Quintero Parra, presentó el Examen de Conocimiento administrado por la Comisión Nacional de Valores, como requisito para la obtención de la Licencia de Corredor de Valores y el mismo fue aprobado satisfactoriamente;

Que el día 4 de abril de 2006, y en cumplimiento del Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004, Eduardo Quintero Parra ha presentado Solicitud Formal para obtener Licencia de Corredor de Valores, acompañada de los documentos exigidos por las leyes aplicables;

Que la solicitud en referencia, así como los documentos sustentatorios, fue analizada por la Dirección Nacional de Mercados de Valores y Fiscalización, según informe de fecha 27 de noviembre de 2006, y que la misma no merece objeciones;

Que, igualmente, la solicitud, así como los documentos sustentatorios, fue analizada por la Dirección Nacional de Asesoría Legal, según informe de fecha 7 de diciembre de 2006, y no existen objeciones al otorgamiento de la licencia;

Que, realizados los análisis correspondientes a lo interno de esta Institución, esta Comisión Nacional de Valores estima que Eduardo Quintero Parra ha cumplido con los requisitos legales de obligatorio...

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