Resolución CNV Nº 234-07 de 13 de septiembre de 2007, "POR LA CUAL SE EXPIDE, LICENCIA DE CORREDOR DE VALORES A JULIO RAFAEL RAMÍREZ RICORD, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NO.8-176-308"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No. 234-07

(13 de septiembre de 2007)

La Comisión Nacional de Valores,

en uso de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, Artículo 8, atribuye a la Comisión Nacional de Valores la facultad de expedir licencia a los Corredores de Valores;

Que el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, Título III, Capítulo IV, establece que sólo podrán ocupar el cargo o desempeñar las funciones de Corredores de Valores en la República de Panamá, aquellas personas que hayan obtenido la correspondiente licencia expedida por la Comisión;

Que el Artículo 49 de la citada excerta legal establece que las personas que soliciten licencia de Corredor de Valores deberán aprobar el examen correspondiente establecido por la Comisión Nacional de Valores;

Que, el 15 de abril de 2005, Julio Rafael Ramírez Ricord, presentó el Examen de Conocimiento administrado por la Comisión Nacional de Valores, como requisito para la obtención de la Licencia de Corredor de Valores y el mismo fue aprobado satisfactoriamente;

Que el día 20 de agosto de 2007, y en cumplimiento del Acuerdo No.2-2004 de 30 de abril de 2004, Julio Rafael Ramírez Ricord ha presentado Solicitud Formal para obtener Licencia de Corredor de Valores, acompañada de los documentos exigidos por las leyes aplicables;

Que la solicitud en referencia, así como los documentos que la sustentan, fue analizada por la Dirección Nacional de Mercados de Valores e Intermediarios, según informe que reposa en el expediente de 28 de agosto de 2007; y la misma no merece objeciones;

Que, igualmente, la solicitud, así como los documentos que la sustentan, fue analizada por la Dirección Nacional de Asesoría Legal, según informe de fecha 31 de agosto de 2007; y la misma no merece objeciones;

Que, realizados los análisis correspondientes a lo interno de esta Institución, esta Comisión Nacional de Valores estima que Julio Rafael Ramírez Ricord ha cumplido con los requisitos legales de obligatorio...

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