Resolución J.D. Nº 003-2008 de 21 de enero de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL COSTO DE LOS SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN Y TÉCNICOS EXPEDIDOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ"

RESOLUCIÓN J.D. Nº003-2008

De 21 de enero de 2008

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que es función de la Autoridad Marítima de Panamá recomendar políticas y acciones, ejercer actos de administración, y hacer cumplir las normas legales y reglamentarias referentes al Sector Marítimo.

Que dentro de la estructura orgánica se encuentra la Dirección General de Marina Mercante, organismo de servicios administrativos y de ejecución de programas, cuyo funcionamiento y organización interna se ajusta a lo especificado en el Decreto Ley No 7 de 10 de febrero de 1998 y en los reglamentos que se dicten en desarrollo de éste.

Que el Artículo 30 del Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998 establece que le corresponde a la Dirección General Marina Mercante, entre otras funciones, ejecutar de manera privativa todos los actos administrativos relativos al registro y matriculación de buques en la Marina Mercante Nacional; así como también el ingresar todos los recaudos y remesas relativos a la Marina Mercante Nacional efectuado por los funcionarios adscritos a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) en el exterior; hacer cumplir sobre los buques de registro panameño, las normas legales nacionales y aquellas que forman parte de los convenios internacionales ratificados por la República de Panamá, referentes a la seguridad de la navegación, seguridad marítima y prevención y control de la contaminación del mar; y hacer cumplir las normas legales nacionales y aquellas que forman parte de los convenios internacionales ratificados por Panamá sobre el control del Estado Rector de Puerto.

Que la Ley 19 de 3 de agosto de 1992 establece el costo de un número plural de actos administrativos relacionados con la documentación de las naves registradas en la Marina Mercante Nacional.

Que la Dirección General de Marina Mercante ofrece servicios adicionales a los contemplados en la referida Ley, cuyo costo debe ser determinado.

Que el Artículo 8 del Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998 establece que corresponde a la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, estructurar, reglamentar, determinar, fijar, alterar e imponer tasas y derechos por los servicios que preste la Autoridad.

Que la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, aprobó el costo de servicios de documentación técnicos expedidos por la Dirección General de Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá, mediante...

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