Adenda Nº 3 al AJ1-100-00 de 22 de febrero de 2007, "POR LA CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS CUARTO Y SEPTIMO DEL CONTRATO No. AJ1-100-00, SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y LA EMPRESA PROYECTOS GENERALES DE VIVIENDA, S.A., PARA FORMALIZAR PRORROGA DE 44 MESES Y 23 DIAS CALENDARIO."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

PROGRAMA DE REHABILITACIÓN Y ADMINISTRACIÓN VIAL

Y REHABILITACIÓN DE CAMINOS VECINALES

PROYECTO BID Nº 0116/OC-PN

PROYECTO DE DINAMIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL

PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN INSTITUCIONES

PRIORITARIAS DEL SECTOR PÚBLICO

PAN/95/001/01/00

MEF/ MIVI/ MOP/ME/MINSA/PNUD

ADENDA Nº3 AL

CONTRATO NºAJ1-100-00

"Por la cual se modifican los artículos CUARTO y SÉPTIMO del Contrato NºAJ1-100-00, suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Proyectos Generales de Vivienda, S.A., para formalizar prórroga de 44 meses y 23 días calendarios."

Entre los suscritos a saber: BENJAMÍN COLAMARCO PATIÑO, varón, panameño, mayor de edad, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº8-177-682, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS y CARLOS ALBERTO VALLARINO, varón, panameño, mayor de edad, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº4-102-1577, en calidad de DIRECTOR DEL PROYECTO DE DINAMIZACIÓN, actuando en nombre y representación del Estado, quienes en lo sucesivo se denominarán EL ESTADO, por una parte y el ING. FRANCISCO GUERRA, varón panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal Nº8-741-2334, quien actúa en nombre y representación de la empresa PROYECTOS GENERALES DE VIVIENDA, S. A., debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil a Ficha 330589 Rollo 54430, Imagen 9, por la otra parte, quien en lo sucesivo se llamará EL CONTRATISTA, han convenido en celebrar la presente Adenda Nº3 al Contrato NºAJ1-100-00, para la "CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO PARA LA REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA LOS SANTOS - LOS OLIVOS - LA COLORADA - MACARACAS (PROVINCIA DE LOS SANTOS)", de acuerdo a los siguientes términos:

PRIMERO: El artículo CUARTO quedará así:

CUARTO: Queda convenido y aceptado que EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra a que se refiere este contrato y a terminarla integra y debidamente a los CINCUENTA Y SEIS (56) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS CALENDARIO la Construcción de la Carretera, a partir de la fecha de la Orden de Proceder; y deberá darle Mantenimiento a la Carretera por un período de SESENTA (60) MESES, a partir de la fecha de Aceptación de la Obra, establecida en la terminación de la fase de Construcción (Rehabilitación).

SEGUNDO: El Artículo SÉPTIMO quedará así:

SÉPTIMO: EL ESTADO declara que EL CONTRATISTA ha presentado una Fianza Definitiva de Cumplimiento por el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor del Contrato, que...

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