Adenda Nº 2 al AJ!-006-07 de 23 de febrero de 2007, "POR LA CUAL SE MODIFICA LOS ARTICULOS CUARTO Y SEPTIMO DEL CONTRATO No. AJ1-006-00, SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y LA EMPRESA PROYECTOS GENERALES DE VIVIENDA, S.A., PARA FORMALIZAR PRORROGA DE 38 MESES Y 27 DIAS CALENDARIO."

REPÚBLICA DE PANAMA

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

II PROGRAMA DE REHABILITACION DE ADMINISTRACION VIAL

PRESTAMO B.I.D. No. 1116 - OC / PN

PROYECTO DE DINAMIZACIÓN DE LA EJECUCION DEL

PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN INSTITUCIONES

PRIORITARIAS DEL SECTOR PUBLICO

PAN/95/001/D/01/99

MEF/MOP/MIVI/ME/MINSA/PNUD

ADENDA No. 2 AL

CONTRATO No. AJ1-006-00

"Por la cual se modifica los artículos CUARTO y SÉPTIMO del Contrato Nº AJ1-006-00, suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Proyectos Generales de Vivienda, S.A., para formalizar prórroga de 38 meses y 27 días calendario"

Entre los suscritos a saber: BENJAMÍN COLAMARCO PATIÑO, varón, panameño, mayor de edad, casado, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal No. 8-177-682, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS y CARLOS ALBERTO VALLARINO, varón, panameño, mayor de edad, casado, vecino de esta ciudad, con cédula de identidad personal Nº4-102-1577 en su calidad de DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE DINAMIZACIÓN, en nombre y representación del Estado, quienes en lo sucesivo se llamarán EL ESTADO, por una parte y el ING. FRANCISCO GUERRA, varón, panameño, portador de la cédula de identidad personal No. 8-741-2334, quien actúa en nombre y representación de la empresa PROYECTOS GENERALES Y DE VIVIENDA, S.A., inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil a Ficha 330859, Rollo 54430, Imagen 9, por la otra parte, quien en lo sucesivo se llamará EL CONTRATISTA, han convenido en celebrar la presente Adenda No. 2 al Contrato No. AJ1-006-00, para el DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO PARA LA REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA (DIVISA - CHITRÉ) - PESÉ - PEDREGOSO - LLANO DE LA CRUZ, PROVINCIA DE HERRERA, de acuerdo a los siguientes términos:

PRIMERO: El artículo CUARTO quedará así:

CUARTO: Queda convenido y aceptado que EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra a que se refiere este contrato y a terminarla íntegra y debidamente a los CINCUENTA Y CINCO (55) MESES y DIECISIETE (17) DIAS CALENDARIO, el Diseño y Construcción de la Carretera, a partir de la Orden de Proceder; y deberá darle mantenimiento a la carretera por un período de SESENTA (60) MESES CALENDARIO, a partir de la fecha de Aceptación de Obra, establecida en la terminación de la fase de Diseño y Construcción (Rehabilitación).

SEGUNDO: El Artículo SÉPTIMO, quedará así:

SÉPTIMO: EL ESTADO declara que EL CONTRATISTA ha presentado una Fianza Definitiva o de Cumplimiento por el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor del...

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