Resolución Nº AN N°2184-RTV de 31 de octubre de 2008, 'POR LA CUAL SE OTORGA A LA CONCESIONARIA SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN UN PERÍODO DE CURA DE DOCE (12) MESES PARA INSTALAR LOS EQUIPOS E INICIAR LAS TRANSMISIONES EN FRECUENCIAS AUTORIZADAS PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RADIO ABIERTA TIPO B (NO.901)'
REPÚBLICA DE PANAMÁ
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 2184-RTV Panamá, 31 de octubre de 2008.
"Por la cual se otorga a la concesionaria SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN un período de cura de doce (12) meses para instalar los equipos e iniciar las transmisiones en frecuencias autorizadas para la operación del servicio público de Radio Abierta Tipo B (No.901)."
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
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Que el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y fiscalizar la prestación de los servicios de electricidad, agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;
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Que a través de la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos Ejecutivos No.189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos de radio y televisión;
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Que es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar, en nombre del Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;
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Que igualmente corresponde a esta Autoridad Reguladora, fiscalizar las actividades de los concesionarios a fin de asegurar el cumplimiento por parte de éstos, de todas las obligaciones que les impone la normativa legal vigente, así como también, para garantizar la continua y eficaz operación de los servicios autorizados;
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Que mediante el programa de verificación de los parámetros técnicos autorizados para operar las concesiones de radio y televisión, esta Autoridad Reguladora detectó que la concesionaria SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN no mantenía en uso las siguientes frecuencias que le fueron asignadas para la operación del Servicio de Radio Abierta Tipo B (No. 901):
Frecuencia
Sitio TX
Área de Cobertura
840 KHz
Howard
Provincia de Panamá
770 KHz
El Elegido
Provincia de Herrera
910 KHz
Darién
Provincia de Darién
910 KHz
Icaco
Provincia de Chiriquí
950 KHz
Penonomé
Provincia de Coclé
1010 KHz
Bocas Del Toro
Provincia de Bocas del Toro
1090 KHz
La Peña
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