Resolución Nº AN N°2184-RTV de 31 de octubre de 2008, 'POR LA CUAL SE OTORGA A LA CONCESIONARIA SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN UN PERÍODO DE CURA DE DOCE (12) MESES PARA INSTALAR LOS EQUIPOS E INICIAR LAS TRANSMISIONES EN FRECUENCIAS AUTORIZADAS PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RADIO ABIERTA TIPO B (NO.901)'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No. 2184-RTV Panamá, 31 de octubre de 2008.

"Por la cual se otorga a la concesionaria SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN un período de cura de doce (12) meses para instalar los equipos e iniciar las transmisiones en frecuencias autorizadas para la operación del servicio público de Radio Abierta Tipo B (No.901)."

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y fiscalizar la prestación de los servicios de electricidad, agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que a través de la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos Ejecutivos No.189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos de radio y televisión;

  3. Que es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar, en nombre del Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;

  4. Que igualmente corresponde a esta Autoridad Reguladora, fiscalizar las actividades de los concesionarios a fin de asegurar el cumplimiento por parte de éstos, de todas las obligaciones que les impone la normativa legal vigente, así como también, para garantizar la continua y eficaz operación de los servicios autorizados;

  5. Que mediante el programa de verificación de los parámetros técnicos autorizados para operar las concesiones de radio y televisión, esta Autoridad Reguladora detectó que la concesionaria SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN no mantenía en uso las siguientes frecuencias que le fueron asignadas para la operación del Servicio de Radio Abierta Tipo B (No. 901):

    Frecuencia

    Sitio TX

    Área de Cobertura

    840 KHz

    Howard

    Provincia de Panamá

    770 KHz

    El Elegido

    Provincia de Herrera

    910 KHz

    Darién

    Provincia de Darién

    910 KHz

    Icaco

    Provincia de Chiriquí

    950 KHz

    Penonomé

    Provincia de Coclé

    1010 KHz

    Bocas Del Toro

    Provincia de Bocas del Toro

    1090 KHz

    La Peña

    ...

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