Resolución S.B.P. Nº 140-2008 de 29 de mayo de 2008, "POR LA CUAL SE CONCEDE PRÓRROGA A BANCO UNO, S.A. Y A BANCO CUSCATLAN DE PANAMA, S. A., HASTA EL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2008, PARA PROTOCOLIZAR E INCRIBIR EN EL REGISTRO PÚBLICO SU CONVENIO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN"

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S.B.P. No.140-2008

(de 29 de mayo de 2008)

El Superintendente de Bancos,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que BANCO UNO, S.A. es una sociedad anónima organizada de conformidad con las leyes de la República de Panamá, debidamente inscrita a Ficha 290612, Rollo 43113, Imagen 95 de la Sección de Micropelícula (Mercantil) del Registro Público de Panamá, autorizada para ejercer el Negocio de Banca en y desde Panamá, al amparo de una Licencia General otorgada mediante Resolución No.19-94 de 24 de agosto de 1994;

Que BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S.A. es una sociedad anónima constituida conforme a las leyes de la República de Panamá, inscrita a Ficha 425041, Documento 404934, de la Sección de Micropelícula (Mercantil) del Registro Público de Panamá, autorizada para ejercer el Negocio de Banca en y desde Panamá, al amparo de una Licencia General otorgada mediante Resolución S.B.P. No. 101-2002 de 10 de diciembre de 2002;

Que atendiendo a solicitud de BANCO UNO, S. A. y BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A., esta Superintendencia, mediante Resolución S.B.P. No. 191-2007 de 4 de diciembre de 2007, autorizó el Convenio de Fusión por Absorción entre los mismos, en el cual queda BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. como sociedad sobreviviente;

Que en virtud de que el Artículo 22 del Acuerdo No. 1-2004 de 29 de diciembre de 2004 establece que el Convenio de Fusión deberá ser protocolizado e inscrito en el Registro Público dentro de los tres (3) meses siguientes, contados a partir de la fecha de la Resolución que autoriza la fusión, BANCO UNO, S. A. y BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. solicitaron a esta Superintendencia prórroga por el término de tres (3) meses adicionales para protocolizar e inscribir en el Registro Público su Convenio de Fusión por Absorción;

Que mediante Resolución S.B.P. No. 067-2008 de 3 de marzo de 2008, esta Superintendencia concedió prórroga a BANCO UNO, S. A. y BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. hasta el 4 de junio de 2008, para protocolizar e inscribir en el Registro Público su Convenio de Fusión por Absorción;

Que mediante Apoderado Especial, BANCO UNO, S. A. y BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S. A. han solicitado a esta Superintendencia una prórroga adicional de tres (3) meses para protocolizar e inscribir en el Registro Público el Convenio de Fusión por Absorción, y una prórroga de seis (6) meses adicionales para formalizar la fusión desde el...

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