Resolución Nº 083-08 de 17 de octubre de 2008, 'QUE AUTORIZA LA CUSTODIA TEMPORAL DE SERVIDUMBRE A LA EMPRESA DIGICEL (PANAMA), S.A.'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN No. 083-08

De 17 de octubre de 2008

"Que autoriza la custodia temporal de servidumbre a la Empresa DIGICEL (PANAMÁ), S.A."

El Ministro de Obras Públicas,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 35 de 30 de junio de 1978, que reorganiza el Ministerio de Obras Públicas, modificada y adicionada por la Ley 11 de 26 de abril de 2006 le concede facultades a este Ministerio para construir, rehabilitar, administrar y custodiar las vías públicas nacionales, incluyendo servidumbres viales y pluviales.

Que la Ley 11 de 2006, que modificó la Ley 35 de 1978, a través de su artículo 4 establece: "A efecto de garantizar la seguridad vial y del tránsito, se prohíbe la instalación de estructuras y anuncios publicitarios o de cualquier otra edificación, en las servidumbres viales y pluviales a nivel nacional, que no constituyan infraestructuras para los servicios públicos, la cual podrá realizarse mediante aprobación escrita en la forma que determine el Ministerio de Obras Públicas."

Que tal como lo establece el artículo 4 de la Ley 11 de 2006 citado, es nuestro entender que las infraestructuras para servicios públicos pueden ser instalados en servidumbres y las estructuras que no constituyan infraestructura para los servicios públicos, podrán realizarse mediante aprobación escrita y en la forma que lo determine este Ministerio, por lo que para cumplir con este mandato legal, se debió dictar el reglamento respectivo.

Que al artículo 3 de la Ley 35 de 1978, modificada por la Ley 11 de 2006, faculta al Ministerio de Obras Públicas para que dicte los reglamentos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Que mediante Resolución No.009-08 fechada 7 de febrero de 2008, El Ministerio de Obras Públicas estableció el procedimiento para autorizar custodia temporal de servidumbre por parte de personas naturales o jurídicas, para lo cual se debe cumplir una serie de requisitos.

Que la Sociedad Anónima DIGICEL (PANAMÁ), S.A., persona jurídica debidamente inscrita a Ficha 533212, Documento 985987 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público de Panamá, se encuentra vigente y de acuerdo con la Escritura No. 13395 de 2 de junio de 2008, otorgó Poder General a favor de los señores Donald Connor y Luís Alberto La Rocca Henríquez, el...

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