Resuelto Nº DAL-025-ADM-07 de 14 de mayo de 2007, "POR EL CUAL SE DECLARA TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE PANAMA COMO PAIS LIBRE DE PESTE PORCINA CLASICA."

REPUBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

RESUELTO Nº DAL-025-ADM-07 PANAMÁ 14 DE MAYO DE 2007.

EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 23 de 1997, se aprueba el acuerdo de Marrakech, constitutivo de la Organización Mundial del Comercio; protocolo de adhesión a dicho acuerdo junto con sus anexos y lista de compromisos; se adecua la legislación interna a la normativa internacional y se dictan otras disposiciones.

Que el Título I de dicha Ley dicta medidas y facultades en materia Zoosanitaria y de Cuarentena Agropecuaria.

Que el Capítulo I señala los objetivos y principios tales como promover, normar y aplicar las medidas para la prevención, el diagnóstico, la investigación, el control y la erradicación de las enfermedades y/o plagas de los animales, a fin de proteger el patrimonio animal y coadyuvar en la salud pública y la protección ambiental.

Que el acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias, en su artículo 6, contempla la adaptación a las condiciones regionales, con inclusión de las zonas libres de plagas o enfermedades y las zonas de escasa prevalencia de plagas y enfermedades.

Que la Dirección Nacional de Salud Animal ha cumplido con las directrices para la Vigilancia de la Peste Porcina Clásica de la Organización Mundial de Sanidad Animal (O.I.E.), en su anexo 3.8.8.

Que desde 1999, se han aplicado dichas medidas de vigilancia en forma continua e ininterrumpida y esto nos ha permitido...

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