Resuelto Nº DAL-026-ADM-07 de 22 de mayo de 2007, "POR EL CUAL SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PAGO DE INDEMNIZACION A LOS PROPIETARIOS QUE RESULTEN AFECTADOS POR LA SERVIDUMBRE DETERMINADA PARA EL PROYECTO DE RIEGO REMIGIO ROJAS, EN ALANJE, PROVINCIA DE CHIRIQUI."

MateriaDerecho Civil

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

RESUELTO Nº DAL-026-ADM-07 PANAMÁ 22 DE MAYO DE 2007

El Ministro de Desarrollo Agropecuario,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Desarrollo Agropecuario en representación de EL ESTADO y la empresa CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., suscribieron el Contrato de Obra No. DAL-002-ADM-2006, de 8 de marzo de 2006, para la ejecución del Proyecto de Riego Remigio Rojas, en Alanje, provincia de Chiriquí

Que el Estado se obligó a garantizar las servidumbres para el Sistema de Riego Remigio Rojas, en Alanje, provincia de Chiriquí, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cargos que forma parte integral del Contrato de Obra No. DAL-002-ADM-2006, y de esta forma incorporar 3,200 has a la superficie bajo riego, para mejorar la eficiencia y explotación del área, promoviendo la agroexportación.

Que de acuerdo al Pliego de Cargos, que es parte integral del Contrato de Obra No. DAL-002-ADM-2006, de 8 de marzo de 2006, para la ejecución del Proyecto de Riego Remigio Rojas en Alanje, provincia de Chiriquí, se define servidumbre como la faja de tierra reservada o adquirida por El Estado para la construcción y mantenimiento del sistema de riego y para el establecimiento de servicios de utilidad pública.

Que de acuerdo al Pliego de Cargos, que es parte integral del Contrato de Obra No. DAL-002-ADM-2006, de 8 de marzo de 2006, para el Proyecto de Riego Remigio Rojas en Alanje, provincia de Chiriquí, se ha establecido una cantidad fija para el rubro de adquisición o expropiaciones de superficie de terreno en fincas de propiedad privada, necesarias para la ejecución de la obra.

Que la CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. (El Contratista) cancelará a cada propietario las sumas de dinero necesarias tan pronto se concrete la expropiación o adquisición de cada superficie de terreno en fincas de propiedad privada; según se lo indique El Estado, a través del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

Que para la realización de la citada obra se hace necesaria la afectación de terrenos de la Nación y privados, lo que nos obliga a que, conjuntamente con la empresa contratista, se establezca el procedimiento de indemnizaciones. Por lo tanto con el presente Resuelto, EL ESTADO a través del Ministerio de Desarrollo Agropecuario indicará a la empresa CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., el trámite de las indemnizaciones de los terrenos afectados por el proyecto para que se...

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