Resolución Nº AG-0358-2007 de 10 de julio de 2007, "POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION No. AG-0334-2004 DE 13 DE AGOSTO DE 2004 MEDIANTE LA CUAL SE DECLARO COMO AREA PROTEGIDA BAJO LA CATEGORIA DE RESERVA HIDROLOGICA SERRANIA DE DARIEN, LAS TIERRAS UBICADAS EN EL CORREGIMIENTO DE METETI, DISTRITO DE PINOGANA, PROVINCIA DE DARIEN."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE

RESOLUCIÓN No. AG-0358-2007

"Por la cual se modifica la Resolución No. AG-0334-2004 de 13 de agosto de 2004 mediante la cual se declaró como área protegida bajo la categoría de Reserva Hidrológica Serranía de Darién, las tierras ubicadas en el corregimiento de Metetí, distrito de Pinogana, provincia de Darién."

La suscrita Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. AG-0334-2004 de 13 de agosto de 2004 se declaró como área protegida bajo la categoría de Reserva Hidrológica Serranía de Darién, las tierras ubicadas en el corregimiento de Metetí, distrito de Pinogana, provincia de Darién.

Que la Resolución de Junta Directiva del INRENARE (actual ANAM) No. 09-94 de 28 de junio de 1994, en su artículo tercero, numeral 15, establece cada una de las categorías de manejo de las áreas protegidas, y entre ellas define Reserva Hidrológica como "el área generalmente boscosa escarpada quebrada; cuyo valor primordial es conservar la producción hídrica en cantidad y calidad adecuada para las actividades humanas y productivas de la región".

Que el artículo 4 numeral 3 de la Ley No. 24 de 7 de junio de 1995 sobre Vida Silvestre de la República de Panamá, establece la competencia de la ANAM en el establecimiento y administración de áreas protegidas para la conservación de la vida silvestre.

Que el artículo 22 de la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, General de Ambiente, establece que la Autoridad Nacional del Ambiente, promoverá el establecimiento del ordenamiento ambiental del territorio nacional y velará por los usos del espacio físico en función de sus aptitudes ecológicas, sociales y culturales, su capacidad de carga, el inventario de recursos naturales renovables y no renovables y las necesidades de desarrollo.

Que la Administración Regional de la Autoridad Nacional del Ambiente, en Darién, con el apoyo del Programa de Desarrollo Sostenible del Darién, realizó la demarcación en campo, de la Reserva Hidrológica Serranía de Darién.

Que de acuerdo a los estudios técnicos realizados en el área protegida, se estableció la necesidad de conformar una red geográfica de la cuenca alta del río Sucurtí, ya que los límites declarados mediante la Resolución No. AG-0334-2004 de 13 de agosto de 2004 no abarcan una cuenca hidrográfica, para así cumplir con el objetivo hidrológico por el cual fue creada la Reserva.

Que de acuerdo a los estudios realizados, entre el río Sucurtí y la quebrada Asnatí, existe un área de cuatro mil novecientos veintinueve...

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