Decreto Alcaldicio N° 012. Por medio del cual se conmemora el 2 de noviembre ''día de los difuntos" y se ordena la suspensión de venta de bebidas alcohólicas en el distrito de la chorrera.

Fecha de publicación31 Octubre 2022
Fecha25 Octubre 2022
EmisorALCALDÍA DE LA CHORRERA / PANAMÁ
No. 29655 Gaceta Oficial Digital, lunes 31 de octubre de 2022 1
MUNICIPIO DE LA CHORRERA
DESPACHO SUPERIOR
DECRETO ALCALDICIO No.012
(De
25
de
octubre
de
2022)
uPor
medio
del
cual se conmemora
el
2
de
noviembre
''Día
de
los
Difuntos"
Y
se
ordena
la
suspensión
de
venta
de
bebidas
alcohólicas
en
el
Distrito
de
La
Chorrera.
EL
SUSCRITO ALCALDE DEL DISTRITO DE
LA
CHORRERA
En uso
de
sus facultades legales:
CONSIDERANDO:
Que
el día 2
de
noviembre se conmemora
en
toda
la
República
de
Panamá el "Día
de
los Difuntos",
en
el cual recordamos a nuestros seres queridos,
que
desafortunadamente dejaron el
mundo
terrenal;
por
tanto debemos
honrar
su
memoria, reflexionar sobre
su
legado y nuestra misión
en
esta vida, acudiendo a
visitar las tumbas
de
quienes fueran nuestros familiares.
Que
la Ley
26
de
27
de
marzo
de
1941, expedida
por
la Asamblea Nacional
de
Panamá, sobre los días
de
fiesta nacional, días feriados y fiestas cívicas, establece el
día
2
de
noviembre
de
cada año como el "Día
de
los Difuntos".
Que
es competencia del Alcalde del Distrito, expedir los permisos
para
la
realización
de
actividades bailables; así como la
venta
de
bebidas alcohólicas,
en
el Distrito
de
La Chorrera y
por
ende
tiene igual competencia
para
suspender dichas actividades.
DECRETA;
PRIMERO: Suspender
en
el Distrito
de
La Chorrera el uso
de
equipos
de
audios,
unidades móviles,
la
realización
de
fiestas y actividades bailables amenizadas
por
orquestas, conjunto u otros medios
de
difusión
de
música, desde las doce
un
minuto
(12:01)
de
la
medianoche del día 2
de
noviembre
de
2022, hasta las doce
un
minuto
(12:01)
de
la media noche del
día
3
de
noviembre
de
2022.
SEGUNDO:
Queda
prohibido la ingesta y venta
de
bebidas alcohólicas
en
todo
el
Distrito
de
La Chorrera, incluyendo los establecimientos comerciales, tales como
Bodegas, Tiendas
de
Licores, Distribuidoras, Supermercados, Mini Súper,
Abarroterías y casinos
en
general deben permanecer cerrados.
Estos locales deberán suspender la venta y la ingesta
de
bebidas alcohólicas a partir
de
las doce
un
minuto
(12:01)
de
la medianoche del
día
2
de
noviembre
de
2022,
hasta las 12:01
am
del
día
3
de
noviembre
de
2022, cumpliendo el Decreto que regula
el horario
de
venta
de
bebidas alcohólicas.
TERCERO: Las Dianas se celebrarán
en
un
horario
de
doce
un
minuto
de
la media
noche
(12:01
m.d.) del
día
tres
(3)
de
noviembre hasta las cuatro
de
la
mañana
(04:00
a.m.) del mismo día.
CUARTO:
El
incumplimiento
de
lo dispuesto mediante el presente decreto
acarreará
una
sanción pecuniaria
de
cien
balboas
(B/.100.00) a
mil
balboas

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