Decreto Alcaldicio N° 016. Por medio del cual se destituye de su cargo al tesorero municipal del distrito de changuinola.

Fecha de publicación27 Abril 2022
Fecha16 Febrero 2022
EmisorALCALDÍA DE CHANGUINOLA /BOCAS DEL TORO
No. 29525 Gaceta Oficial Digital, miércoles 27 de abril de 2022 1
-
ALCALDÍA MUNICIPAL
Changuinola,
16
de
febrero
de
2022
Distrito
de
Changuinola
Teléfono: 758-8561
Provincia
de
Bocas
del
Toro
Fax:
758-8561
“POR
MEDIO DEL
CUAL
SE
DESTITUYE
DE
SU
CARGO
AL
TESORERO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
CHANGUINOLA.
LA
SUSCRITA
ALCALDESA
DEL
DISTRITO
DE
CHANGUINOLA.
EN
USO
DE
SUS
FACULTADES
CONSTITUCIONALES
Y
LEGALES,
CONSIDERANDO:
Que
en
el
artículo 242
(numeral
8)
y
el
243
de
la
Constitución
Política
de
Panamá
se establece
que
el
nombramiento
del
Tesorero
Municipal
es
competencia
del
Alcalde.
Que
el
Procurador
de
la
Administración,
mediante
nota
C-SAM-03-22,
con
fecha
4
de
febrero
de
2022,
dirigida a
la
Alcaldesa
Yesica
Romero,
le
comunica
que,
en
el
orden Jurídico
panameño,
las
normas
que
definen
el
nombramiento
del
Tesorero
Municipal
quedan
establecidas
en
los
artículos
242
y
243
de
la
Constitución
Política,
ambas
concordantes
con
el
artículo
17
(numeral
25)
de
la
Ley
106
de
1973,
según
la
modificación
de
la
Ley
37
de
2009
y
de
la
Ley
66
de
2015.
Que
el
artículo 243,
numeral
3,
de
la
Constitución
Política
de
Panamá,
establece
que
los
Alcaldes
tendrán
las
atribuciones
de
nombrar
y
remover
a
los
funcionarios
públicos
Municipales,
cuya
designación
no
corresponda
a
otra
autoridad,
con
sujeción
a
lo
que
dispone
el
Titulo
Xl.
Que
el
articulo
300
de
la
Constitución
Política
de
Panamá,
establece
que
los
servidores
públicos
se
regirán
por
el
sistema
de
méritos,
y
la
estabilidad
en
sus
cargos
estará
condicionada
a
su
competencia,
lealtad
y
moralidad
en
el
servicio.
Que
según
lo
establecido
en
el
Artículo
45,
Numeral4
de
la
Ley
106
del
8
de
octubre
de
1973,
modificada
por
la
Ley
52
de
1984,
es
potestad
del
Alcalde
el
nombramiento
y
destitución
de
los
funcionarios
públicos Municipales,
cuya
designación
no
corresponde
a
otra
autoridad
con
sujeción
a
lo
que
dispone
el
Título
Xl
de
la
Constitución
Nacional
Que
mediante
Acuerdo
Municipal
No.
25
de
12
de
junio
del
2002,
el
Concejo
Municipal
aprobó
el
Reglamento
de
Personal
del
Municipio
de Changuinola,
y
estableció
en
su artículo
No.46
que
los
funcionarios
que
faltasen
a
sus
deberes
serán
sancionados
con
algunas
de
las
siguientes
medidas: Amonestación
Verbal,
DECRETO
ALCALDICIO No.
016
(deI
16
de
febrero
de
2022)

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