Decreto Ejecutivo N° 10. Que crea el programa de subvenciones para la empleabilidad de personas con discapacidad

Fecha de publicación07 Septiembre 2023
Fecha07 Septiembre 2023
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
No. 29863-A Gaceta Oficial Digital, jueves 07 de septiembre de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL
DECRETO
EJECUT,VO
No.
J_Q_
_
De
_l
_
de
~!.t:L~
de
2023
Que crea el Programa de Subvenciones para la Empleabilidad de Personas con Discapacidad
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
En uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 42 de 27 de agosto de 1999, por la cual se establece la equiparación de
oportunidades para las personas con discapacidad, misma que fue modificada por la Ley
15
de
31
de mayo de 2016, establece en el artículo 42 que el Estado, a través del Ministerio de
Trabajo y Desarrollo Laboral, facilitará los recursos técnicos, logísticos y de personal para la
formación profesional, seguimiento y sensibilización en
el
mercado laboral de las personas
con discapacidad, con el objetivo de asegurar su independencia económica mediante un
salario digno, su desarrollo personal e integración y participación en la sociedad;
Que el artículo
45
de la precitada Ley establece que, las empresas privadas que se nieguen a
contratar y/o mantener el 2% del personal con discapacidad, estarán obligadas a aportar al
Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, una suma igual al salario mínimo por cada
persona dejada de contratar durante todo el tiempo que dure su renuencia y que los fondos
así recaudados deberán ser depositados en una cuenta especial, con el propósito de desarrollar
jornadas de capacitación, formación laboral y ayudas de autogestión, a través de las
organizaciones vinculadas a la temática de la discapacidad;
Que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral cuenta con la Dirección de Empleo, cuyo
Departamento de Integración Socioeconómica de las Personas con Discapacidad es la
encargada de evaluar y proporcionar los servicios de orientación, formación profesional y de
colocación de empleo de las personas con discapacidad en el mercado laboral, logrando con
ello, su integración social y desarrollo individual;
Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario reglamentar el uso de los fondos recaudados
derivados de la infracción a las disposiciones contenidas en la Ley 42 de 1999, reformada
por la Ley
15
de 2016, con el propósito de destinar dichos fondos a la integración
socioeconómica de las personas con discapacidad y su inclusión al mercado laboral,
DECRETA:
Capítulo
I
Constitución y definiciones
Artículo
l.
Se crea el Programa de Subvenciones para la Empleabilidad de Personas con
Discapacidad, en adelante EL PROGRAMA, con el propósito de brindar apoyo económico
a las organizaciones legalmente constituidas y vinculadas a la temática de discapacidad, que
mantengan proyectos orientados a la atención y fomento del empleo de personas con
discapacidad, al desarrollo humano y mejoramiento de la calidad de vida de este sector de la
población.
Artículo 2. La Dirección de Empleo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
(MITRADEL), será la unidad administrativa encargada de dirigir el desarrollo y ejecución
de EL PROGRAMA, a través del Departamento de Integración Socioeconómica de las
Personas con Discapacidad.
Artículo 3. Para los efectos de este Decreto Ejecutivo, se establecen las siguientes
definiciones:
1.
Comité Evaluador. Ente responsable de la evaluación de las solicitudes de subvenciones
para la empleabilidad de las personas con discapacidad, así como su otorgamiento,
suspensión y cancelación de las mismas.
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR