Decreto Ejecutivo N° 104. Que designa a un miembro principal y suplente del patronato del benemérito cuerpo de bomberos de la república de panamá, en representación de la asociación panameña de ejecutivos de empresas y deroga el decreto ejecutivo no. 97 de 6 de agosto de 2024.
Fecha de publicación | 28 Agosto 2024 |
Fecha | 28 Agosto 2024 |
Emisor | MINISTERIO DE GOBIERNO |
No. 30106 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de agosto de 2024 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO
DE
GOBIERNO
DECRETO
~
JECUTIVO
No. I
Dl/-
De
,28
de
U~
de 2024
Que designa a
un
miembro principal y suplente del Patronato del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá,
en
representación de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas y deroga el
Decreto Ejecutivo No. 97 de 6 de agosto de 2024.
EL PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 1 O de 16 de marzo de
201
O,
se creó el Benemérito Cuerpo de Bomberos de
la
República de
Panamá, como
una
entidad de interés público y social, sin fines de lucro, de servicio humanitario,
con
personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen administrativo, económico, financiero y
funcional, adscrito
al
Ministerio de Gobierno;
Que de acuerdo al artículo 8 de la precitada Ley, modificado
por
el artículo 1 de la Ley 124 de
31
de diciembre
de 2013, establece que el Patronato del Benemérito Cuerpo de Bomberos de
la
República de Panamá, estará
integrado
por
siete (7) miembros con sus respectivos suplentes, entre los cuales se encuentran tres
~3)
miembros
designados
por
el Órgano Ejecutivo, así: un miembro designado
por
las compañías aseguradoras; un miembro
designado
por
la
Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos y
un
miembro designado por la Asociación
Panameña de Ejecutivos de Empresas;
Que el artículo 9 de
la
Ley 10 de 2010 modificado por el artículo 12 de la Ley 24 de 28 de octubre de 2014,
dispone que los miembros del Patronato del Benemérito Cuerpo de Bomberos de
la
República de Panamá,
serán designados
por
un
periodo concurrente al periodo presidencial, el cual deberá finalizar el 30 de junio del
año
en
que tome posesión el Presidente de la República, dichos miembros no podrán ser reelectos;
Que en virtud de lo anterior, se hace necesario designar a
un
miembro principal y su suplente del Patronato del
Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, en representación de
la
Asociación Panameña
de Ejecutivos de Empresas,
DECRETA:
ARTÍCULO
l.
Desígnese como miembro principal y suplente
en
representación de la Asociación Panameña
de Ejecutivos de Empresas a:
Principal: MORABIA GUERRERO GÓMEZ, con cédula de identidad personal No. 4-132-955.
. '
Suplente: HÉCTOR CABREDO BONILLA, con cédula de identidad personal No. 8-765-1612.
ARTÍCULO 2
..
Derogar en todas sus partes el Decreto Ejecutivo No.97 de 6 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 3. Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 8 y 9 de la Ley 10 de 16 de marzo de 2010, modificada por la
Ley 124 de
31
de diciembre de 2013 y
la
Ley 24 de 28 de octubre de 2014.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado
en
la ciudad de Panamá a los
~
~
de 2024.
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