Decreto Ejecutivo N° 109. Que modifica el decreto ejecutivo no. 419 de 4 de diciembre de 2018, que reglamenta la práctica profesional de los médicos veterinarios internos

Fecha de publicación27 Julio 2022
Fecha26 Julio 2022
EmisorMINISTERIO DE SALUD
No. 29587-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 27 de julio de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO
DE
SALUD
DECRETO
EJECUTIVO
No. 1 c9
De
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de
~
Bd
e
2022
Que modifica el Decreto Ejecutivo No. 419 de 4 de diciembre de 2018, que reglamenta la
práctica profesional de los Médicos Veterinarios Internos
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
en
uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 109 de la Constitución Política de
la
República de Panamá, establece que es
función esencial del Estado velar por
la
salud de la población de
la
República. El individuo,
como parte de
la
comunidad, tiene derecho a
la
pr
qmoción, protección, conservación,
restitución y rehabilitación de
la
salud y
la
obligación de-conservarla, entendida ésta como el
completo bienestar fisico, mental y social;
Que a través del Decreto de Gabinete 1 de
15
de enero de 1969, se crea
el
Ministerio de
Salud, se determina su estructura orgánica y
se
establecen las normas de integración y
coordinación de las instituciones del sector salud;
Que mediante
la
Ley 3 de
11
de enero de 1983 , se regula el ejercicio de
la
Medicina
Veterinaria
en
el
territorio nacional, circunscribiendo el mismo, exclusivamente para
panameños, a
la
información universitati"a-completa y a
la
obtención del certificado de
idoneidad expedida oon el Consejo l'écnico de Salud;
Que
la
Ley 29 de 30 de marzo de 2018, moéfificó la Ley 3 de 1983 y la Ley 5 de 1984,
disponiendo como requisito adicional para el libre ejercicio de
la
Medicina Veterinaria
en
el
territorio nacional, el haber aprobado dos años de internado, entre otros;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 419 de 4 de diciembre de 2018, se reglamentó
la
práctica profesional de los Médicos Veterinarios Internos, de carácter obligatorio a partir de
enero de 2020;
Que, mediante Nota No. 032/CNDMVI/2020, fechada el 19 de agosto de 2020,
la
presidenta
de la Comisión Nacional de Docencia de Médicos Veterinarios Internos, señaló que luego de
revisar el Programa Nacional de Internado Médico Veterinario del precitado decreto,
consideran necesario hacer algunas modificaciones al Decreto Ejecutivo No. 419 de 4 de
diciembre de 2018, a fin de que se pueda ejecutar el internado;
Que en consideración que nos encontramos
en
medio de una pandemia, que inició desde el
año 2020 y desde
el
mismo o se decretó un estado de emergencia nacional, lo que
ha
afectado
en
todos los aspectos al sistema sanitario nacional, ha sido imposible que se realice
la
práctica profesional de los dicos Veterinarios Internos, de carácter obligatorio a partir
de enero de 2020;
Que,
en
atención a las condiciones propias de esta pandemia y sus afectaciones, con
la
finalidad de no causar obstáculos
en
la
formación de nuevos profesionales, que se encuentran
limitados por
la
no implementación de
la
práctica profesional de los Médicos Veterinarios
Internos, de carácter obligatorio a partir de enero de 2020. Se acordó
en
mesa de negociación
la
suspensión del carácter obligatorio de
la
práctica profesional de los Médicos Veterinarios

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