Decreto Ejecutivo N° 122. Que ordena levantar las medidas sanitarias de distanciamiento físico, aforo y las restricciones sanitarias para los viajeros dictadas con motivo de la covid-19

Fecha de publicación15 Septiembre 2022
Fecha14 Septiembre 2022
EmisorMINISTERIO DE SALUD
No. 29623 Gaceta Oficial Digital, jueves 15 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMA
MINISTERIO
DE SALUD
DECRETO
EJECVTIVO
No. / .:l:l
De
lt/
d
~mlu.
de
2022
Que ordena levantar las medidas sanitarias
de
distanciamiento fisico, aforo y
sanitarias para los viajeros dictadas con motivo de la COVID-19
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo
17
de la Constitución política señala que las autoridades de la República están
instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales donde quiera que se encuentren
y a los extranjeros que están bajo su jurisdicción, asegurar la efectividad de los derechos y deberes
individuales y sociales, y cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley;
Que el artículo 109 de la precitada excerta constitucional dispone que es función esencial del estado
velar por la salud
de
la población y que el individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la
promoción, protección, conservación restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de
conservarla;
Que, como parte de las medidas sanitarias adoptadas por el Gobierno Nacional con el objeto de evitar,
controlar y mitiga la propagación de la enfermedad contagiosas denominada COVID-19, ocasionada
por el virus SARS-CoV-2 y sus variantes, se ordenó mantener distanciamiento fisico y restricciones
de aforo en todo el territorio nacional; y se ordenaron medidas de restricción sanitarias para el ingreso
de viajeros al territorio nacional;
Que tomando en consideración los resultados logrados por la estrategia de vacunación contra la
COVID-19, nivel nacional e internacional, su alta efectividad y cobertura en la población nacional
que
se
traducen en una disminución significativa en los indicadores de letalidad y hospitalización,
el
Gobierno Nacional, estima prudente y necesario levantar algunas medidas sanitarias dictadas con
motivo
de
la COVID-19, específicamente el distanciamiento físico y de aforo y las medidas sanitarias
para el ingreso
de
viajeros al territorio nacional, permitiendo así la reactivación económica nacional;
no obstante, manteniendo una permanente vigilancia y control de las situaciones sanitarias
emergentes, para proteger la salud de la población;
DECRETA:
Artículo
l.
Se ordena levantar la obligatoriedad del distanciamiento fisico y de aforo establecidas en
el territorio nacional con motivo de la COVID-19.
Artículo 2. Se ordena levantar las medidas de restricción sanitarias por COVID-19 establecidas para
el ingreso de viajeros al territorio nacional.
Artículo 3. El presente Decreto Ejecutivo deroga el Decreto Ejecutivo No.489 de
16
de marzo de
2020, el Decreto Ejecutivo No.74 de
12
de
febrero de 2021, el Decreto Ejecutivo No.771 de
19
de
mayo de 2021, el Decreto Ejecutivo No.783 de
18
de junio de 2021, el Decreto Ejecutivo No.832 de
30 de agosto de 2021, el Decreto Ejecutivo No.852 de 29 de septiembre de 2021, Decreto Ejecutivo
No.102 de l de julio de 2022, el Decreto Ejecutivo No.107 de
13
de julio de 2022; la Resolución
No.177 de
13
de febrero de 2020, la Resolución No.405 de
11
de mayo de 2020, la Resolución No.630
de 30
de
julio de 2021, la Resolución No.2339
de
9 de septiembre de 2021, la Resolución No.2552
de 1 de octubre de 2021, y la Resolución No.2878 de
12
de noviembre de 2021.
Artículo 4. El presente Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO DE
DERECHO:
Constitución Política
de
la República, Ley No.66 de 1 O de
noviembre de 1947, Decreto de Gabinete
No.l
de
15
de enero de 1969.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en la ciudad de Panamá, a los / t/
LAURENT
LUIS FRANCISCO SUCRE M.
Ministro de Salud
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