Decreto Ejecutivo N° 130. Que crea la comisión interinstitucional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada, no reglamentada (indnr) y dicta otras disposiciones

Fecha de publicación15 Abril 2020
Fecha14 Abril 2020
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, se crea la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y políticas nacionales de pesca y acuicultura;

Que de acuerdo a los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley 44 de 2006, la Autoridad tiene entre sus funciones, normar, promover y aplicar tas medidas y los procesos técnicos y administrativos para el aprovechamiento racional, sostenible y responsable de los recursos acuáticos, a fin de proteger el patrimonio acuático nacional y coadyuvar en la protección del ambiente, cumplir y hacer cumplir los acuerdos y convenios internacionales, los cuales hayan sido ratificados por la República de Panamá, en materia de su competencia;

Que la Autoridad tiene jurisdicción territorial en la República de Panamá y en sus aguas jurisdiccionales, así como personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen interno, y está sujeta únicamente a las políticas, a la orientación y a la inspección del Órgano Ejecutivo, y a la fiscalización de la Contraloría General de la República;

Que es necesario contar con una Comisión Interinstitucional amplia, permanente e integrada por las instituciones públicas con competencia dentro del sector de pesca y acuicultura, a fin de que exista una mejor coordinación para identificar oportunamente los riesgos que comprometan al país que estén relacionados a la Pesca Ilegal, No Declarada, No Reglamentada (INDNR), con el fin de recomendar medidas aplicables a los buques y toda la cadena de producción de productos provenientes de la pesca en el país,

DECRETA:

Artículo 1. Crear la Comisión Interinstitucional para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada, No Reglamentada (INDNR), en lo sucesivo la Comisión, como organismo de consulta y asesoría especializado en todo lo concerniente a las políticas y medidas de la República de Panamá en esta materia, la cual estará integrada por los siguientes miembros:

a. Un (1) representante de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, designado por la Administración General, quien presidirá la Comisión;

b. Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo Agropecuario;

c. Un (1) representante del Ministerio de Seguridad Pública.

d. Un (1) representante del Departamento de Protección de...

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