Decreto Ejecutivo N° 131. Que deroga el decreto ejecutivo no. 30 de 4 de junio de 1999 y establece el catálogo y tarifas por los servicios zoosanitarios que presta la dirección nacional de salud animal del ministerio de desarrollo agropecuario.
Fecha de publicación | 17 Octubre 2018 |
Fecha | 09 Octubre 2018 |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades constitucionales y legales
CONSIDERANDO:
Que la Ley 12 de 25 de enero de 1973, establece que el Ministerio de Desarrollo Agropecuario tendrá entre sus funciones reglamentar y adoptar las medidas de control sanitario con relación a los productos agropecuarios, así como plantas y animales que sean necesarias para una adecuada sanidad agropecuaria y aplicar las sanciones a los infractores de las mismas;
Que la Ley 23 de 15 de julio de 1997, autoriza al Ministerio de Desarrollo Agropecuario a establecer y cobrar tarifas por los servicios técnicos o sanitarios que se presten, el cual se ajustará al costo del servicio que se brinde y no en función del valor de la mercancía;
Que el Decreto Ejecutivo No. 49 de 16 de abril de 2001, establece el procedimiento, requisitos y tarifas para la elegibilidad zoosanitaria, regiones, países, zonas, plantas, plantas procesadoras y otras instalaciones relacionado con la producción de animales, sus productos y subproducto para su introducción en el territorio nacional;
Que el Decreto Ejecutivo No. 30 de 4 de junio de 1999, establece tarifas por servicios zoosanitario y de uso seguro y eficaz de insumos zoosanitarios que presta la Dirección Nacional de Salud Animal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario;
Que con la incorporación de la República de Panamá a la Organización Mundial del Comercio y el transcurrir del tiempo, la modernización de la nueva era y el avance de la tecnología, la Dirección Nacional de Salud Animal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario se ha comprometido con el fortalecimiento los servicios de Diagnóstico, Vigilancia y Control Zoosanitario, así como también, la fiscalización para el uso seguro y eficaz de los insumos zoosanitarios, tendientes a prevenir la introducción, establecimiento y diseminación de plagas, además de reducir los daños por el uso incorrecto de los mismos;
Que dado el proceso inflacionario que sufre el país, con el aumento constante de los insumos, materiales y equipos empleados en la prestación de los servicios zoosanitarios y la incorporación de nuevos servicios en donde los costos han venido incidiendo en el presupuesto de la institución, se requiere adecuar la tarifa a los costos reales que involucra la actividad;
Que frente a la situación planteada se requiere la actualización de las tarifas por el servicio zoosanitario y de uso seguro y eficaz de insumos zoosanitario...
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