Decreto Ejecutivo N° 17. Que adiciona un parágrafo transitorio al artículo 38 del reglamento general del benemérito cuerpo de bomberos de la república de panamá, aprobado mediante decreto ejecutivo no. 113 de 23 de febrero de 2011 y dicta otras disposiciones

Fecha de publicación01 Agosto 2023
Fecha01 Agosto 2023
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO
No. 29837-A Gaceta Oficial Digital, martes 01 de agosto de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO
DE
GOBIERNO
DECRETO
EJECUTIVO
N.º I
':f-
De J de
()~
de 2023
Que adiciona un parágrafo transitorio
al
artículo
38
del Reglamento General del Benemérito
Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, aprobado mediante Decreto Ejecutivo
Nºl
13
de
23
de febrero de 2011 y dicta otras disposiciones
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Ejecutivo N.º
113
de
23
de febrero de 2011, se aprobó
el
Reglamento
General del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá;
Que
el
Patronato del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, con
fundamento en
el
numeral
18
del artículo
12
~e
la Ley 10 de 2010, expidió la Resolución Nº094
-2023 de
25
de mayo de 2023, mediante la cual instruyó a la Dirección General de la institución
para ejecutar todas las acciones administrativas que fueran requeridas para el perfeccionamiento
del proceso de ascensos de los miembros activos remunerados que se erunarcan en las órdenes
generales emitidas dentro del período de noviembre 2022 a marzo 2023;
Que mediante
el
Decreto Ejecutivo No.
13
de 1 de junio de 2023, se aprobó
el
Plan para la
recuperación de la Carrera Bomberil y la reorganización de la estructura jerárquica del
Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, dentro del cual se contempla la
programación y
el
procedimiento aplicable para el análisis de los antecedentes personales y
profesionales del personal del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá
propuesto para su promoción y ascenso;
Que, en virtud de la implementación del referido Plan, se han detectado algunas unidades activas
que no fueron objeto de áscensos dentro de los períodos correspondientes, debido a razones
imputables a la
administrac~ón,
lo que hace necesario añadir un parágrafo transitorio
al
artículo
38
del Reglamento General del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, a
efectos de regular esta situación;
Que en atención a la recomendación hecha por
el
Patronato del Benemérito Cuerpo de Bomberos
de la República de Panamá mediante su Resolución 094-2023 de
25
de mayo de 2023,
corresponde
al
Órgano Ejecutivo aprobar esta modificación,
DECRETA:
Artículo
l.
Se adiciona un parágrafo transitorio
al
artículo
38
del Reglamento General del
Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, aprobado mediante Decreto
Ejecutivo
Nºl
13
de
23
de febrero de 2011, que quedará así:
Artículo 38:
El
Director General conferirá los ascensos a los miembros de la
Institución que cumplan los requisitos legales, dentro del orden jerárquico, de

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