Decreto Ejecutivo N° 28. Que ordena la expropiación, por motivo de interés social urgente, a favor del banco hipotecario nacional, de las fincas inscritas en el registro público de panamá al folio real no.11793 y no.11934, ambas con código de ubicación no.4507, de la sección de la propiedad, provincia de chiriquí, ubicada en el distrito de david, corregimiento de pedregal, propiedad de la sociedad loma linda, s.a, sociedad debidamente constituida e inscrita al folio real no. 41742, en la sección mercantil del registro públicopara corregir error involuntario en el decreto ejecutivo no. 28 de 25 de septiembre de 2023, publicado en la gaceta oficial digital no. 29875-a de 25 de septiembre de 2023.

Fecha de publicación25 Septiembre 2023
Fecha25 Septiembre 2023
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
No. 29875-A Gaceta Oficial Digital, lunes 25 de septiembre de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DECRETO EJECUTIVO No.
~'6
De
~5
de
S~rn~
de 2023
Que
ordena
la expropiación, por motivo de interés social urgente, a favor del Banco
Hipotecario Nacional, de las fincas inscritas
en
el Registro Público de
Panamá
al Folio
Real No.11793 yNo.11934, ambas
con
Código de
Ubicación
No.4507, de
la
Sección de la
Propiedad,
provincia
de Chiriquí,
ubicada
en
el distrito de David, corregimiento de
Pedregal,
propiedad
de
la
sociedad
Loma
Linda, S
.A,
sociedad
debidamente
constituida
e
inscrita
al folio real
No
41742,en
la sección Mercantil del Registro
Público
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
en
uso de sus facultades constitucionales y legales,
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,.mandato constitucional, el
Ministerio de Vivienda y
Ord~~iento
Territorial tiene, entre otras;Ía función de recomendar las
medidas que considere necesarias para el mejoramiento de la situación habitacional del país;
Que el numeral 2 del artículo 2 de la Ley
61
de 2009,
señala
que es función del Ministerio
de
Vivienda
y Ordenamiento Territorial
procurar
la
dotación de vivienda
adecuada
a las
familias que
carezcan
de ella, atendiendo de manera preferente a las que no
tienen
acceso
a las fuentes comerciales de financiamiento;
Que el Órgano Ejecutivo, a través de
la
citada
entidad ministerial, viene adoptando
medidas destinadas a disminuir el déficit habitacional y
ha
contemplado entre sus
objetivos prioritarios, el dar respuesta a las familias que por más de
cincuenta
años
han
vivido dentro de las comunidades denominadas
Loma
Linda,
la
cual se
encuentra
según
constancias registrales en el corregimiento de pedregal, distrito de David y
provincia
de
Chiriquí;

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