Decreto Ejecutivo N° 3. Que modifica el decreto ejecutivo no. 3 de 14 de febrero de 2023 y el decreto ejecutivo no. 18 de 14 de agosto de 2023, que establecen precios de referencia tope de medicamentos y se adoptan otras disposiciones

Fecha de publicación20 Febrero 2024
Fecha20 Febrero 2024
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
No. 29972-A Gaceta Oficial Digital, martes 20 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
DECRETO EJECUTIVO No. 3
De
:lO
de
T
~
de 2024
Que modifica el Decreto Ejecutivo No. 3 de
14
de febrero
de
2023 y el Decreto
Ejecutivo No.
18
de
14
de agosto de 2023, que establecen precios de referencia tope
de medicamentos y
se
adoptan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de sus facultades constitucionales y legales;
CONSIDERANDO:
Que el Órgano Ejecutivo está comprometido en desarrollar una política nacional de
medicamentos que promueva la disponibilidad y accesibilidad de medicamentos de
calidad para toda la población;
Que en su artículo 284 la Constitución Política establece que el Estado, para hacer
efectiva la justicia social, puede regular, las tarifas, los
se
rvicios y los precios
de
los
artículos de cualquier
n
atura~eza
y especialmente los
de
primera necesidad;
Que al tenor
de
lo dispuesto por el artíc
ul
o 106 de la Ley 1 de 1 O de enero de
2001
"Sobre medicamentos y otros productos de la Salud Humana", el Órgano Ejecutivo
podrá imponer precios de referencia topes a los
mediq
u:n
entos a nivel nacional por
períodos
de
seis meses prorrogables, previa recomendación de la Autoridad de
Protección
al
Consumidor y Defensa de la Competencia, luego
de
los análisis
correspondientes;
Que con fundamento en lo antes expuesto, mediante Decreto Ejecutivo No.
17
de
10
de
agosto de 2022,
se
disminuyó durante seis meses prorrogables, a los
consumidores, un 30 % sobre el precio de venta registrado en cada farmacia a los
medicamentos descritos en el listado anexo a dicho decreto;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 3
de
14
de febrero de 2023,
se
reevaluaron
algunas moléculas listadas originalmente, y
se
establecieron precios de referencia
tope para algunos medicamentos por un periodo máximo de seis ( 6) meses
prorrogables;
1

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