Decreto Ejecutivo N° 4. Que reglamenta los acuerdos de entendimiento que suscriba la agencia panameña de alimentos, con las respectivas entidades gubernamentales

Fecha de publicación26 Febrero 2024
Fecha20 Febrero 2024
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 29976-A Gaceta Oficial Digital, lunes 26 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO
DE
DESARROLLO AGROPECUARIO
DECRETO EJECUTIVO No.
L/-
De
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de
T~
de
2024
Que reglamenta los acuerdos
de
entendimiento que suscriba la Agencia Panameña
de
Alimentos, con las respectivas entidades gubernamentales.
EL
PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA
en uso
de
sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 206 de
31
de marzo
de
2021, crea la Agencia Panameña de Alimentos cuyo
objetivo
es
la gestión y verificación de los trámites para la producción agroindustrial e
industrial de alimentos, así como la importación y exportación
de
alimentos, su tránsito y
transbordo, de conformidad con las normas de salud animal, sanidad vegetal, cuarentena e
inocuidad y las normas del comercio internacional.
Que artículo 6 de la Ley 206
de
31
de
marzo
de
2021, señala que
es
una Institución autónoma
del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía en su régimen interno y
jurisdicción en toda la República de Panamá. Estará sujeta a las políticas, orientación y
directrices del Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio
de
Desarrollo Agropecuario, del
Ministerio de Salud y del Ministerio de Comercio e Industrias, regentes en la materia, y a la
fiscalización de la Contraloría General de la República.
Que el artículo 18 de la Ley 206 de 2021, crea el Sistema Integrado
de
Trámites con la
presencia
de
las entidades del Estado cuyas competencias guarden relación con la Agencia
Panameña de Alimentos, las cuales deberán cooperar y colaborar mediante acuerdos de
entendimiento, para el cumplimiento de los objetivos y propósitos de esta Ley.
Que el artículo 19
de
la Ley 206 de 30
de
marzo
de
2006 señala que los acuerdos
de
entendimiento que suscriba la Agencia Panameña de Alimentos, con las respectivas entidades
gubernamentales establecerán las normas, reglamentos y procedimientos técnicos-
operativos, bajo las cuales deberán actuar los funcionarios designados por las respectivas
entidades gubernamentales vinculadas con el Sistema Integrado de Trámites. Los acuerdos
de entendimiento serán reglamentados mediante Decreto Ejecutivo.
Que
el
Decreto Ejecutivo No. 125
de
29
de
septiembre
de
2021, reglamenta la Ley 206
de
30
de
marzo
de
2021, señalando en su artículo
21
que el Sistema Integrado
de
Trámites será
administrado por la Agencia, y para el cumplimiento
de
sus objetivos,
se
suscribirán acuerdos
de
entendimiento, con las diversas autoridades nacionales, que guarden relación con los
trámites que se llevan a cabo a través
de
la Agencia.
DECRETA:
Artículo
l.
Los acuerdos
de
entendimiento deberán establecer
el
porcentaje que las
entidades del Estado, cuya competencia guarden relación con la Agencia Panameña de
Alimentos, pagarán por el manejo que el Sistema Integrado
de
Trámites realiza como sistema
receptor
de
pago
de
las tasas y derechos con respecto a los trámites que se gestionen a través
del sistema y su distribución. Este porcentaje será del 20%, el cual será utilizado por Agencia
Panameña de Alimentos para el mantenimiento y operación del Sistema Integrado
de
Trámites.
Artículo 2. Los pagos por los servicios que se lleven a cabo a través del Sistema Integrado
de
Trámites,
de
las entidades del Estado cuya competencia guarden relación con la Agencia
Panameña de Alimentos, se basarán en las tasas y derechos que estas entidades establezcan
por sus
serv1c10s.
Artículo 3. El procedimiento técnico operativo bajo las cuales deberán actuar los
funcionarios asignados por las respectivas entidades gubernamentales vinculadas con el
Sistema Integrado
de
Trámites, se establecerán en los acuerdos
de
entendimiento.

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