Decreto Ejecutivo N° 4. Que adopta el plan nacional a favor de las personas mayores de panamá 2022-2025

Fecha de publicación28 Junio 2023
Fecha28 Junio 2023
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
No. 29813-C Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de junio de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DECRETO EJECUTIVO No.
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De
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de
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o de 2023
Que adopta el Plan Nacional a favor de las Personas Mayores de Panamá 2022-2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que, en atención a la Constitución Política de la República, la legislación nacional vigente y los
convenios internacionales, establecidos y ratificados por la República de Panamá a favor de las
personas mayores, como lo son: el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de
San Salvador", ratificada por la República de Panamá el
28
de octubre de 1992; el Plan de Acción
Internacional de Madrid Sobre el Envejecimiento 2002; y las Estrategias Regionales de
Implementación para América Latina y el Caribe, es imperante establecer mecanismos e
indicadores de seguimiento, evaluación y ejecución de políticas y planes a favor de este grupo
etario de la población;
Que, de conformidad con la Ley 29 de 1 de agosto de 2005, se establece que el Ministerio de
Desarrollo Social, es el ente rector de las políticas, planes y programas en materia de equidad y/o
desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección
social a las personas, familias o grupos vulnerables en distintos momentos del ciclo vital; y sus
funciones, que incluyen, entre otras, la formulación, coordinación, articulación, implementación,
seguimiento y evaluación de dichas políticas;
Que mediante la Ley 36 de 2 de agosto de
201
6, la República de Panamá estableció el marco
normativo para la protección integral de los derechos de las personas adultas mayores, la cual
reestructuró el Consejo Nacional del Adulto Mayor, creado mediante el Decreto Ejecutivo No.
23
de 24 de junio de 1999, bajo la denominación Instituto Nacional del Adulto Mayor, adscrito
al Ministerio de Desarrollo Social, el cual dispone coordinar la aplicación, supervisión e
integración de los planes y programas dirigidos a la persona adulta mayor, y el ejercicio pleno de
los derechos que la Constitución Política
de
la República y las leyes
le
reconozcan;
Que la normativa citada ut supra, establece que es responsabilidad del Estado, en conjunto con
las organizaciones gubernamentales y
no
gubernamentales, fomentar el desarrollo de programas
a favor de la población adulta mayor; brindar servicios a través de entidades competentes del
sector público a nivel nacional, en materia de salud, vivienda, desarrollo laboral y económico,
que impulsen la protección y el ejercicio pleno de los derechos de las personas adultas mayores,
los cuales serán planificados, coordinados, supervisados y ejecutados por el Instituto Nacional
del Adulto Mayor, en coordinación con otras instancias vinculadas con la materia;
Que forma parte del Plan Estratégico del Gobierno Nacional, la renovación de las instituciones
del Estado, así como, plantear las necesidades de la población de acuerdo a su ciclo de vida,
contexto social, género, etnia y su cultura; además de implementar estrategias coherentes a nivel
nacional, provincial y local, abordando estos problemas complejos de manera integral y
coordinada;
Que, en atención a lo dispuesto en los artículos
1,
2 y 4 del Decreto Ejecutivo No.
43
de 27 de
julio de 2004, por el cual se establece y aprueba la política de las personas adultas mayores
en
la
República de Panamá, es responsabilidad del Ministerio de Desarrollo Social, atender y diseñar
la política y el Plan Nacional de Acción a favor
de
las personas mayores, para su implementación
y coordinación, actuando en conjunto con organismos e instituciones públicas y privadas
relacionadas directamente con su bienestar en general. Dicha política contempla áreas prioritarias
de intervención en materia de seguridad social y económica en la vejez, salud, bienestar y
entornos propicios y favorables; además, busca impulsar el ejercicio de los derechos individuales
y sociales y favorecer un envejecimiento con respeto, independencia, dignidad y seguridad;
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DECRETA:
Artículo
l.
Se adopta en todas sus partes, el Plan Nacional a favor de las Personas Mayores de
Panamá 2022-2025, que se adjunta como Anexo al presente Decreto Ejecutivo, como un
instrumento de avance, planificación, coordinación, evaluación y ejecución de planes y
programas a favor de las personas mayores a nivel nacional, el cual, permitirá focalizar tres (3)
ejes temáticos y estratégicos a favor de dicho grupo etario de la población, desde la articulación,
coordinación y seguimiento intersectorial, con instancias gubernamentales, privadas y de interés
social, impulsando un pleno reconocimiento de garantías y derechos, hasta el efectivo
empoderamiento y participación de las personas mayores en diversos ámbitos y contextos, como
lo son: lo social, económico, político y cultural, a nivel nacional.
Artículo 2. El Plan Nacional a favor de las Personas Mayores de Panamá 2022-2025, se
fundamenta en tres (3) lineamientos y ejes temáticos estratégicos, a saber:
Eje
l.
Seguridad Económica en la Vejez: (i) implementando convenios con instituciones
educativas y laborales a nivel nacional para la formación profesional continua de los
trabajadores de edad mayor, impulsando nuevas formas de generación de ingresos y
acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; (ii) promoviendo
normas y acciones antidiscriminatorias por edad, sexo y género en el mercado laboral
panameño, impulsando programas de promoción e incentivo de empleos; (iii) promoción
de emprendimientos para personas mayores fortaleciendo los beneficios económicos que
faciliten la transición desde la dependencia hacia la autonomía de la gestión empresarial;
(iv) promoción de producción, investigación y gestión de bienes y servicios innovadores
para el consumo de las personas mayores y los cuidados de las personas con dependencia.
Eje
2.
Salud y Bienestar en la Vejez: (i) implementación de la historia clínica de la persona
mayor en todo el territorio nacional; (ii) mejorar la oportunidad de las prestaciones
médicas, reduciendo los tiempos de espera quirúrgicos, con accesibilidad en las consultas;
(iii) actualizando y difundiendo el Manual de Procedimientos para la Creación,
Reglamentación, Supervisión y Cumplimiento de los Estándares de Calidad en Centros de
Atención Integral para Personas Mayores; (iv) implementación de Programas de Atención
Médica Integral para personas mayores con discapacidad severa y de cuidados paliativos;
(v) formación y apoyo a familiares cuidadores de personas mayores con dependencia; (vi)
especialización de servicios en Centros de Orientación y Atención Integral COAI; (vii)
implementación de sistemas de información tecnológicas para asistencia digital de las
personas mayores a nivel nacional.
Eje 3. Entornos Propicios y Saludables: (i) promoviendo en los gobiernos locales la
progresiva integración de Ciudades Amigas de la Edad desarrolladas por la Organización
Mundial de la Salud (OMS); (ii) implementando programas de alfabetización digital para
personas mayores; (iii) impulsando la creación de Centros de Atención Integral diurnos
para personas mayores; (iv) fomentando el Programa Nacional de voluntariado intra e
intergeneracional; (v) fortaleciendo los registros de recepción de denuncias de abuso y
violencia de cualquier tipo contra las personas mayores desde la articulación con entidades
competentes; (vi) promover el relevamiento de información sobre violencia hacia las
mujeres mayores.
Artículo 3. El Ministerio de Desarrollo Social, será el ente encargado de:
1.
Velar por la ejecución del Plan Nacional a Favor de las Personas Mayores de Panamá
2022-2025 y articular los compromisos de este, asegurando la participación
interinstitucional y sectorial, a nivel nacional.
2.
Crear las comisiones intersectoriales para cada eje temático estratégico del Plan Nacional
a favor de las Personas Mayores de Panamá 2022-2025, estableciendo mecanismos de
integración y transversalización a nivel nacional con las entidades competentes, a fin de
alcanzar las estrategias de forma coordinada e interinstitucional entre cada uno de los
sectores.
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Artículo 4. Se establecerán, en alineación con los compromisos internacionales adquiridos por
la.
República de Panamá en materia de derechos de las personas mayores, los procesos de
construcción participativa y de permanente consulta, que incorpore e implemente los ejes
temáticos estratégicos y el alcance de los objetivos del Plan Nacional a favor de las Personas
Mayores 2022-2025, con organizaciones gubernamentales, sociedad civil, sector privado, la
academia, organizaciones religiosas, organizaciones sin fines de lucro y asociaciones de personas
mayores, logrando así una plena inclusión en la sociedad y
el
ejercicio de sus derechos en un
marco amplio de oportunidades que contribuyan a su desarrollo.
Artículo 5. Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO
DE
DERECHO: Constitución Política de la República; Ley 29 de 1 de agosto
de 2005; Ley 36 de 2 de agosto de 2016; Ley
21
de
22
de octubre de 1992, y Decreto Ejecutivo
No.
43
de 27 de julio de 2004.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Panamá, a los
veintitrés (2023).
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MARÍA INÉS CASTILLO
DE
SANM
J.
RTÍN
Ministra de Desarrollo Social
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días del mes de de dos mil
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