Decreto Ejecutivo N° 45. Que realiza un nombramiento en la junta directiva de la caja de ahorros

Fecha de publicación05 Abril 2023
Fecha09 Diciembre 2022
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
No. 29755-C Gaceta Oficial Digital, miércoles 05 de abril de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO
DE
ECONOMÍA
Y FINANZAS
DECRETO
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De
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de
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de 2022
Que realiza un nombramiento
en
la Junta Directiva de
la
Caja de Ahorros
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
en
uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 52 de
13
de diciembre de 2000, modificada
por
la Ley 78 de 20 de marzo de 2019,
establece que el manejo, dirección y administración de
la
Caja de Ahorros estarán a cargo de
un
Gerente General,
en
su defecto de un Subgerente General y de una Junta Directiva compuesta por un
mínimo de siete (7) miembros, de los cuales al menos dos (2) será director independiente, de
conformidad con los requisitos establecidos por la Superintendencia de Bancos de Panamá; ·
Que el artículo 26 (transitorio) de la
Ley
52 de
13
de diciembre de-2000, dispone que a fm de permitir
la renovación escalonada de los cargos de directores de la Caja de Ahorros, a partir del 1 de julio de
2019, se nombrarán en este orden: dos (2) directores por el periodo
de
tres (3) años cada uno; dos (2)
directores por el periodo de cuatro ( 4) años y tres (3) directores por un periodo de cinco ( 5) años, una
vez venza el periodo transitorio establecido, los nuevos directores deberán ser nombrados para un
periodo de cinco (5) años;
Que mediante Decreto Ejecutivo No.375 de 14 de octubre de 2019, se nombró a
LUIS
CARLOS
CABEZAS
MORENO,
como miembro de
la
Junta Directiva de la Caja de Ahorros,
por
un
periodo
de 3 años, los cuales se encuentran vencidos;
Que
en
virtud de lo anterior se hace necesario nombrar al reemplazo de LUIS
CARLOS
CABEZAS
MORENO
en
la Junta Directiva de
la
Caja de Ahorros;
DECRETA:
Artículo
l.
Se nombra a
MICHELE
M.
MORENO,
portadora de la cédula de identigad personat
No.4-141-85, como miembro de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros, por
un
periodo
de
cinco (5)
años.
Artículo
2.
Remítase el presente nombramiento a la Asamblea Nacional para su aprobación, de
conformidad con lo dispuesto
en
el numeral 4 del artículo
161
de la Constitución Política de la
República.
Articulo
3.
Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir
de
su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
(l.
Dado en
la
ciudad de Panamá. a los 9 días del mes de
,!!),
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del año dos mil veintidós
(2022).
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BÉCTOR
ERNESTO
ALEXANDER HANSELL
Ministro de Economía y Finanzas
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