Decreto Ejecutivo N° 6. Que prorroga por cuatro años adicionales, el término establecido en el artículo 89 del texto único de la ley 6 de 1997 ordenado por la ley 194 de 2020, para efectos de las aportaciones al fondo de electrificación rural que deben realizar los agentes del mercado

Fecha de publicación22 Noviembre 2024
Fecha22 Noviembre 2024
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
No. 30165 Gaceta Oficial Digital, viernes 22 de noviembre de 2024 1
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