Decreto Ejecutivo N° 873. Que establece nuevas medidas para el toque de queda en las provincias de bocas del toro, colón y chiriquí, y dicta otras disposiciones.

Fecha de publicación24 Julio 2020
Fecha23 Julio 2020
EmisorMINISTERIO DE SALUD


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 27 de la Constitución Política de la República dispone que toda persona puede transitar libremente por el territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las que impongan las leyes o reglamentos de tránsito, fiscales, salubridad y de inmigración;

Que, asimismo, el artículo 109 del Texto Constitucional establece que es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República y que el individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida ésta como el completo bienestar físico mental y social;

Que la Ley 66 de 10 de noviembre de 1947, que aprueba el Código Sanitario de la República de Panamá, señala que le corresponde al Ministerio de Salud tomar las medidas necesarias para hacer desaparecer toda causa de enfermedad transmisible o mortalidad especial, así como el control de todo factor insalubre de importancia local o nacional; que sus normas se aplicarán de preferencia a toda otra disposición legal en materia de salud pública y obligan a las personas, naturales o jurídicas, y entidades oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, existentes o que en el futuro existan, transitoria o permanentemente, en el territorio de la República;

Que debido al aumento significativo de contagios de la enfermedad infecciosa COVID-19, que se manifiesta en un incremento proporcional de personas fallecidas y a la situación sanitaria que reporta diariamente el Departamento de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública, que determinan que los mayores índices de infestación están en las provincias de Bocas el Toro Colón y Chiriquí, el Gobierno Nacional considera necesario incorporar nuevas acciones para contener este alto grado de contagio y, de esa forma, poder mitigar la propagación de esta enfermedad,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Se establece Toque de Queda para las provincias de Bocas del Toro, Colón, y Chiriquí, los días lunes a jueves desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. y los días viernes desde las 7:00 p.m. hasta el lunes a las 5:00 a.m., a partir del 24 de julio de 2020.

ARTÍCULO 2. Quedarán sujetas al Toque de Queda según los términos dispuestos en el artículo 1 del presente Decreto Ejecutivo, las actividades que se describen a continuación:

1. Supermercados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR