Decreto de Gabinete N° 10. Que modifica el arancel nacional de importación.
Publicado en | GOPAn de 2 de abril de 2020 |
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional es consciente de su obligación de garantizar el desarrollo de las relaciones comerciales internacionales del Estado en un marco de certeza y previsibilidad, conforme con lo que establecen los Tratados Internacionales suscritos por la República de Panamá;
Que es un deber y un objetivo del Gobierno Nacional adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de los intereses esenciales para el mantenimiento armónico de estas relaciones comerciales internacionales en todo tiempo y en especial para mantener la organización del mercado en situaciones de emergencia nacional;
Que ante la aparición del CoViD-19, y la necesidad de controlar su potencial propagación en el territorio nacional, el Consejo de Gabinete mediante Resolución de Gabinete N° 11 de 13 de marzo de 2020 ha declarado el Estado de Emergencia Nacional;
Que ante la amenaza de salud del CoViD-19 a nivel mundial, se ha afectado colateralmente a distintos sectores de la economía, por lo que resulta necesario proteger la estabilidad económica panameña;
Que ante una inminente caída del sector construcción producto de la pandemia es amenazada la sostenibilidad de los ingresos de miles de panameños que dependen directa e indirectamente de esta industria;
Que en esta etapa crítica para el país el Gobierno Nacional debe proteger a las industrias que puedan garantizar fuentes de empleo y seguir contribuyendo con sus aportes al producto interno bruto y al fisco nacional;
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la República, son funciones del Consejo de Gabinete fijar y modificar los aranceles, tasas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas, con sujeción a las normas previstas en las Leyes a que se refiere el numeral 11 del artículo 159 de la Constitución Política de la República,
DECRETA:
CODIGO DESCRIPCIÓN DAI % ITBMS %
2523.29.00.00.00 Los Demás 30 7
2523.90.00.00.00 Los demás cementos hidráulicos 30 7
El presente Decreto de Gabinete comenzará a regir a partir de su promulgación y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la República.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Panamá. a los treinta y un (31) días del mes de marzo de dos mil veinte (2020).