Decreto de Gabinete N° 13. Que crea el canal seco multimodal de transbordo de mercancías de la república de panamá, denominado omar torrijos herrera, y dicta otras disposiciones

Fecha de publicación18 Marzo 2024
Fecha13 Marzo 2024
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29991-A Gaceta Oficial Digital, lunes 18 de marzo de 2024 1
República de Panamá
CONSEJO DE GABINETE
DECRETO DE GABINETE
N.
0
13
De
13
de
marzo
de
2024
Que
crea
el
Canal
Seco
Multimodal
de
Transbordo
de
Mercancías
de
la
República
de
Panamá,
denominado Ornar Torrijos Herrera, y
dicta
otras disposiciones
EL CONSEJO DE GABINETE,
en
uso
de
sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que, desde el surgimiento del istmo de Panamá y
por
su importante ubicación geográfica, el mismo
ha
influido de manera importante
en
el tránsito de personas y mercaderías provenientes de distintas
latitudes, generando con ello la natural vocación de servicios logísticos que hicieron posible
significativos hechos históricos, como las famosas ferias de Portobelo, realizadas entre los años 1544
a 1737, la construcción del primer ferrocarril transcontinental del mundo, inaugurado
en
1855, y la
construcción del Canal de Panamá, revertido
en
su totalidad a la administración panameña
en
el año
1999, de acuerdo
con
los Tratados Torrijos-Carter; momento a partir del cual el Estado panameño, a
través de la Autoridad del Canal de Panamá, asumió la responsabilidad plena de utilizar este
importante activo logístico al servicio del comercio mundial;
Que las nuevas tendencias y cambios
en
la logística internacional post pandemia han traído como
consecuencia, el tener que adecuar las diferentes operaciones del comercio internacional para hacer
más eficientes las cadenas de suministros,
con
el objetivo de permitir
la
reducción de tiempos de
entrega y
la
reducción de costos
en
nuestra plataforma logística;
Que la República de Panamá, como actor importante de la actividad logística internacional, debe
realizar esfuerzos
en
la elaboración de políticas para mantener la posición del país como líder
en
el
mercado logístico regional, lo que hace necesario
la
integración y fortalecimiento de nuestra
plataforma logística, al igual que la modificación y ampliación de la zona primaria de jurisdicción
especial de territorio aduanero constituida por
la
denominada región interoceánica;
Que el desarrollo logístico existente
en
materia de trasbordo de carga a nivel internacional, crea las
condiciones para modernizar y constituir
en
la
República de Panamá
un
canal seco multimodal de
transbordo de mercancías, que opere
con
la coordinación funcional de las entidades públicas
competentes y complemente las operaciones del Canal de Panamá;
Que
con
miras al logro de este objetivo, previo a
la
discusión de este tema, el Consejo de Gabinete
aprobó el Decreto de Gabinete N.012 de
13
de marzo de 2024, que modifica el artículo
11
del
Decreto de Gabinete N. º 12 de 29 de marzo de 2016, que dicta disposiciones complementarias al
Código Aduanero Uniforme Centroamericano y a su reglamento, con la finalidad de declarar como
única zona primaria de jurisdicción especial del territorio aduanero multimodal de trasbordo de
mercancías de la República de Panamá, las zonas primarias establecidas y habilitadas para el
comercio exterior, sin perjuicio que la mercancía a trasbordar pueda permanecer de manera temporal
dentro de dicha zona primaria o tenga que movilizarse a través de las carreteras de la zona secundaria
del territorio aduanero, con independencia de que estas áreas estén constituidas
por
administraciones
aduaneras de distintas jurisdicciones;
Que
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
numeral
7 del artículo
200
de
la
Constitución Política
de
la
República, al
Consejo
de
Gabinete
le
compete, entre otras funciones, fijar las disposiciones
concernientes al
régimen
de
aduanas,

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