Decreto de Gabinete N° 14. Que concede autorización anual a la caja de seguro social para invertir en títulos valores

Fecha de publicación18 Marzo 2024
Fecha13 Marzo 2024
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29991-A Gaceta Oficial Digital, lunes 18 de marzo de 2024 1
República de Panamá
CONSEJO DE GABINETE
DECRETO
DE GABINETE N.0 14
De
13
de marzo de 2024
Que concede autorización anual a la Caja de Seguro Social para invertir en Títulos Valores
EL
CONSEJO
DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7 del Reglamento para la Inversión de los Fondos de Reserva de la Caja de Seguro
Social, aprobado por la Junta Directiva mediante Resolución No.39,609-2007-J.D. de 8 de mayo
de 2007, establece que para hacer más expedito,. oportuno y efieiente
el
proceso de inversión, se
deberá gestionar una vez
al
año la autorización anual ante el Consejo Económico Nacional y
el
Consejo de Gabinete, para la compra y venta de los títulos valores autorizados por la Ley Orgánica
de la Caja de Seguro Social;
Que mediante la Resolución No.56,806-2024-J.D. de
23
de enero de 2024, que modifica en parte
la Resolución No.56,394-2023-J
.D. de
29
de junio de 2023, la Junta Directiva de la Caja de Seguro
Social, autorizó
al
director general de dicha entidad para gestionar ante el Consejo Económico
Nacional y el Consejo de Gabinete, la opinión y
el
concepto favorable para obtener la autorización
anual para invertir en títulos valores, considerando tanto la compra como la venta de aquellos
títulos valores establecidos en los artículos 106, 107 y en los numerales 4,
5,
6, y 7 del artículo
108
de la Ley
51de2005;
Que las inversiones de la Caja de Seguro Social tendrán como objetivo coadyuvar a la
sostenibilidad de los compromisos de largo plazo de los ingresos que administra la institución, con
parámetros razonables de rendimiento y liquidez a los menores niveles de riesgo posible, bajo el
principio del buen padre de familia hacia los cotizantes y de transparencia, de conformidad con la
política de inversiones que establezca la Junta Directiva;
Que mediante la nota CENA/007 de 1 de febrero de 2024, el viceministro de Economía y secretario
técnico del Consejo Económico Nacional, comunicó que ese organismo, en sesión celebrada el 1
de febrero de 2024, emitió por votación unánime, su opinión favorable a la solicitud de
autorización presentada por la Caja de Seguro Social para invertir en títulos valores, considerando
tanto la compra como la venta de aquellos títulos valores establecidos en los artículos 106, 107 y
en los numerales 4,
5,
6, y 7 del artículo
108
de la Ley
51
de 2005, Orgánica de la institución y
demás disposiciones legales pertinentes, ofrecidos en el mercado local e internacional de capitales,
en las cantidades y límites autorizados por la Junta Directiva en el Plan Anual de Inversiones
Financieras para el año 2024, aprobado mediante la Resolución No.56,792-2024-J.D. de
18
de
enero de 2024, que modifica en parte la Resolución No.56,295-2023-J.D. de 27 de abril de 2023,
o cuando lo estime conveniente; bajo parámetros razonables de seguridad, solvencia, liquidez y
rendimiento,
DECRETA:
Artículo
l.
Se autoriza a la Caja de Seguro Social para invertir en títulos valores en el mercado
local e internacional de capitales, considerando tanto la compra como la venta, en las cantidades y
límites autorizados por la Junta Directiva en el Plan Anual de Inversiones Financieras para el año
2024, aprobado mediante la Resolución No.56, 792-2024-J.D. de
18
de enero de 2024, que
modifica en parte la Resolución No.56,295-2023-J.D. de 27 de abril de 2023, de acuerdo a lo
establecido en los artículos 106, 107 y en los numerales 4,
5,
6 y 7 del artículo
108
de la Ley
51
de 2005, Orgánica de la institución,
con
parámetros razonables de seguridad, solvencia, liquidez y

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