Decreto de Gabinete N° 21. Que autoriza la importación de un contingente arancelario adicional de arroz en cáscara que permita cubrir las necesidades de consumo de la población panameña hasta el inicio del siguiente período de cosecha

Fecha de publicación15 Abril 2024
Fecha11 Abril 2024
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 30010-B Gaceta Oficial Digital, lunes 15 de abril de 2024 1
República de Panamá
CONSEJO DE GABINETE
DECRETO DE GABINETE
N.
0
21
De
11
de abril de 2024
Que autoriza la importación de un contingente arancelario adicional de arroz en cáscara que
permita cubrir las necesidades de consumo de la población panameña hasta el inicio del siguiente
período de cosecha
EL CONSEJO DE GABINETE,
en
uso
de
sus
facultades
constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la República de Panamá es consciente de su obligación de fortalecer e
incentivar la producción agropecuaria nacional en términos de competitividad, eficiencia,
sostenibilidad y equidad para el sector agropecuario y agroindustrial, al igual que garantizar
alimentos para toda la población;
Que la situación de sequía prolongada ha dado como resultado cambios en el régimen de las
lluvias, y altas temperaturas, características. de la inminente entrada del Fenómeno del Niño y
circunstancias que en su conjunto han provocado retrasos en el inicio de las siembras de arroz,
dando como resultado que las proyecciones de las cosechas de arroz esperadas en los primeros
meses del periodo agrícola 2023-2024 se vean atrasadas y disminuidas;
Que la Cadena Agroalimentaria de Arroz en reunión del
12
de marzo de 2024, estando presentes
representantes de los productores, agroindustriales, importadores, distribuidores de insumos y del
Gobierno Nacional, luego de los análisis de rigor se llegó a la conclusión que es necesario
complementar los inventarios de arroz existentes y la producción nacional a la fecha con un
volumen adicional de importación de arroz en cáscara que no afecte la cosecha en el presente ciclo
agrícola, pero que permita cubrir las necesidades de consumo de
la
población panameña hasta
el
inicio del siguiente período de cosecha;
Que la Cadena Agroalimentaria de Arroz a través de un Acuerdo de Competitividad solicita la
autorización para la importación de un contingente arancelario adicional bajo la Organización
Mundial de Comercio de un millón setecientos mil quintales de arroz en cáscara como materia
prima para ingresar hasta el 30 de junio de 2024;
Que la recomendación de la Cadena Agroalimentaria de Arroz está encaminada a garantizar la
seguridad alimentaria de la población al constituir el arroz el principal producto de la canasta
básica de alimentos y ser la fuente principal de carbohidratos en la dieta de la población panameña,
lo cual hace necesario incentivar su producción, comercialización y consumo;
Que mediante Resolución
003-2024 de 22 de .marzo de 2024 la Comisión de Licencias de
Contingentes Arancelarios resolvió presentar para consideración del Consejo de Gabinete,
autorizar la importación de un contingente arancelario adicional de arroz en cáscara en la cantidad
y plazo mencionado anteriormente, con un derecho arancelario a la importación (DAI) de 3%;

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