Decreto de Gabinete N° 33. Que modifica el decreto de gabinete no.10 de 31 de marzo de 2020, que modificó el arancel nacional de importación correspondiente a los códigos arancelarios no. 2523.29.00.00.00 y 2523.90.00.00.00, de la partida 25.23 de cementos hidráulicos

Fecha de publicación14 Diciembre 2022
Fecha13 Diciembre 2022
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29682-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 14 de diciembre de 2022 1
República de Panamá
CONSEJO
DE GABINETE
DECRETO
DE
GABINETE
N.033
De
13
de diciembre de 2022
Que modifica el Decreto de Gabinete N. 0
10
de
31
de marzo de 2020, que modificó el Arancel
Nacional de Importación correspondiente a los Códigos Arancelarios No. 2523.29.00.00:00 y
2523.90.00.00.00, de la Partida 25.23 de cementos hidráulicos
EL
CONSEJO
DE
GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto de Gabinete N. º 1 O de
31
de marzo de 2020, se modificó el Arancel
Nacional de Importación correspondiente a los Códigos Arancelarios No. 2523.29.00.00.00 y
2523.90.00.00.00, de la Partida 25.23 de cementos hidráulicos, que comprenden los cementos sin
pulverizar o Clinker, incluso coloreados, estableciéndose en un 30% el derecho arancelario a la
importación de dichas mercancías;
Que el Decreto de Gabinete
N.
010 de
31
de marzo de 2020, establecía que, a partir del 1 de enero
de 2021, se aplicaría un derecho arancelario a la importación igual al derecho arancelario existente
al momento de la promulgación de dicho Decreto de Gabinete, para los códigos arancelarios
incluidos en artículo 1 del referido Decreto de Gabinete N.010;
Que
el
Decreto de Gabinete N.010 de
31
de marzo de 2020, comenzó a regir a partir de su
promulgación en la Gaceta Oficial, lo cual fue
el
día 2 de abril de 2020 y tuvo una vigencia hasta
el
31
de diciembre de 2020;
Que a su vez el Decreto de Gabinete N. 01 O de
31
de marzo de 2020, fue modificado por
el
Decreto de Gabinete N.º
53
de
22
de diciembre de 2020, estableciendo que a partir del 1 de enero
de 2022, se aplicaría un derecho arancelario a la importación igual
al
derecho ararwelario existente
al
momento de la promulgación de dicho Decreto de Gabinete, para los códigos arancelarios
incluidos en artículo 1 del referido Decreto de Gabinete N.º10;
Que el Decreto de Gabinete N.º
53
de
22
de diciembre de 2020, comenzó a regir a partir de su
promulgación en la Gaceta Oficial, lo cual fue el día
28
de diciembre de 2020 y tiene una vigencia
hasta el
31
de diciembre de 2021;
Que a su vez el Decreto de Gabinete
N.
010 de
31
de marzo de 2020, fue modificado por
el
Decreto de Gabinete N.º
35
de 29 de diciembre de 2021, estableciendo que a partir del 1 de enero
de 2023, se aplicaría un derecho arancelario a la importación igual al derecho arancelario existente
al
momento de la promulgación de dicho Decreto de Gabinete, para los códigos arancelarios
incluidos en artículo 1 del referido Decreto de Gabinete N.º10;
Que el Decreto de Gabinete N.º
35
de 29 de diciembre de 2021, comenzó a regir a partir de su
promulgación en la Gaceta Oficial, lo cual fue el día 30 de diciembre de 2021 y tiene una vigencia
hasta el
31
de diciembre de 2022;

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