Decreto N° 05-2023. Por el cual se regula las fiestas patronales en el distrito de chepo.

Fecha de publicación04 Abril 2024
Fecha29 Junio 2023
EmisorALCALDÍA MUNICIPAL DE CHEPO
No. 30003-B Gaceta Oficial Digital, jueves 04 de abril de 2024 1
ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHEPO
DECRETO
NºOS-2023
(De
29
de junio de 2023)
"Por
el cual se regula las Fiestas Patronales en el Distrito de Chepo."
El
suscrito Alcalde Municipal del Distrito de Chepo,
En
uso de sus facultades legales
y;
C O N S 1 O E R A N O O:
Que
el
Código Administrativo de la República de Panamá establece claramente
en
su
Artículo 863,
que
el
Jefe Superior de Policía de un lugar, es
el
funcionario Superior del Orden Político, que reside
en
él.
Por tanto,
el
Jefe
de
Policía
de
un
Distrito es
el
Alcalde.
Que la Ley 106
de
8
de
octubre
de
1973, modificada por la Ley
52
de 1984
en
su
Artículo Nº45
establece que los Alcaldes dictaran Decretos
en
Desarrollo y Progreso de la comunidad que tienen
fuerza de ley dentro del respectivo Distrito.
Que mediante la Ley
No.
358 e 2 de febrero de 2023
se
declara fiesta folclórica nacional
el
Festival
de San Cristóbal
de
Chepa misma que
se
celebra durante
el
mes de julio de cada año en
el
Distrito
de Chepa, Provincia de Panamá.
Que de acuerdo
al
Artículo 3 de la Ley
No.
358 de 2 de febrero de 2023,
el
Ministerio de Educación,
el
Ministerio de Cultura, La Autoridad
de
Turismo de Panamá, las autoridades distritales,
el
Comité
de las Festividades de San Cristóbal y cualquier otra organización sin fines de lucro legalmente
constituida y creada para estos fines organizarán eventos alusivos a esta tradicional festividad.
Que de acuerdo
al
Artículo 4 de la Ley No.358 de 2 de febrero de 2023, durante los días de
celebración del festival
se
prohíbe a los bares, jardines, cantinas, discotecas y discotecas móviles la
puesta
en
escena de agrupaciones artísticas o reproducclón de música que no sean cónsonas con
los valores culturales y folclóricos propios de este festival.
Que la Ley
No.
358 de 2 de febrero de 2023, artículo 5 crea
el
Patronato del Festival Nacional de
San Cristóbal
de
Chepa,
en
adelante
el
Patronato, como entidad sin fines
de
lucro, con patrimonio
propio, personería jurídica y autonomía
en
su
régimen administrativo, que organizará, administrará y
ejecutará este festival.
Que de acuerdo
al
Artículo 6 de la Ley No. 358 de 2 de febrero de 2023 entre las funciones del
Patronato se encuentra
el
Asegurar que anualmente se celebre
en
el
Distrito de Chepo
el
Festival
Nacional
de
San Cristóbal
de
Chepo, Promover, organizar, administrar y ejecutar todas las acciones
destinadas a la celebración dando participación a las diferentes expresiones regionales y nacionales;
entre otras.
Que a pesar de que la Ley No.358
de
2 de febrero
de
2023 establece que
el
Patronato es quien
promoverá, organizará, administrará y ejecutará todas las acciones destinadas a la celebración de
esta festividad, la misma,
al
mes de junio
de
2023 no ha sido formalmente establecida.
Que como cada año,
un
número importante de ciudadanos chepanos, se organizan para la
celebración de su Santo Patrono San Cristóbal, tanto
en
actividades
de
tipo eclesiástico como
en
actividades
de
calle, este año no fue la excepción.
Que es costumbre y tradición de propios y extraños celebrar las fiestas patronales de San Cristóbal,
el
25 de julio de cada año en actos religiosos, los cuales se extienden hasta alta horas
de
la noche.
Es
pues en mérito de
lo
expuesto
el
Suscrito Alcalde Municipal del Distrito de Chepa
en
uso de sus
facultades legales:

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