Decreto N° 08-2022. Que dicta medidas para la celebración de las fiestas patrias en todo el distrito de chepo.

Fecha de publicación21 Octubre 2022
Fecha05 Octubre 2022
EmisorALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHEPO
No. 29649 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de octubre de 2022 1
ALCALDÍA
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO DE CHEPO
1
i
1
1
DECRETO
No
08-2022
1
{De 5
~e
OCTUBRE
de
2022)
l
Que dicta medidas para la celebración de las Fiestas Patrias
en todo
el
Distrito de Chepo.
EL ALCALDE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHEPO,
En
uso
de
sus
facultades
legales;
1
CONSIDERANDO:
Que
al
conr¡iemorarse un aniverJario más de nuestra separación
de
Colombia y
con ocasión de los desfiles que [
se
llevarán a cabo durante los días 3 y 4 de
noviembre,
es
necesario que
se
adopten las medidas que permitan rendirle
tributo
a
la
~atria
en tan importante fecha;
Que
el
Código Administrativo de la República de Panamá en
su
Capítulo
11
acerca
de los Empl+ados de Policía, Artículo 863, señala que el Jefe Superior de Policía de
un lugar,
es
et
funcionario superior del orden político, que reside en él.
Por
lo
tanto,
el
Jef$ de Policía de
un
Distrito Municipal
es
el Alcalde.
!
Que
la
Ley J106 del 8 de octubre de 1973, en
su
artículo 45 establece que los
Alcaldes dicfarán Decretos en desarrollo y progreso de
la
comunidad que tienen
fuerza de ley dentro del respectivo distrito.
Que
al
llegar los meses de Noviembre y Diciembre
el
pueblo panameño tiene por
costumbre IY tradición celebrar1 con mucha alegría y orgullo patriótico tan
importantes! fechas como lo son el
3,
4, 10, 27 y 28 de noviembre; así mismo
el
día 8 de
dici~mbre
y las fiestas de fin de año en
la
unión familiar.
Que
es
de dominio público y general que existe el Decreto
No.
3 del 16 de junio
de 2010
qu~
establece
el
horario de los locales dedicados a
la
venta de bebidas
alcohólicas
en
el
Distrito de Chepo;
Es
pues
en
mérito de lo expuesto el Suscrito Alcalde Municipal del Distrito de
Chepo,
en
upo
de sus facultades legales.
DECRETA:
PRIMERO:
nvitar
a
la
ciudadanía que durante
el
mes de noviembre, adornen los
locales
com~~rciales,
balcones y fachadas residenciales en todo el distrito, con los
colores nacionales para así resaltar los símbolos patrios según sea el caso y de
acuerdo
al
ecreto Ejecutivo No.337 de 22 de diciembre de 2017 en
el
que
se
apr~~ba
el
1
manual sobre el procedimiento, diseño y uso de los símbolos de la
nac1on
y
su
anexo.
SEGUNDO:
Para
los desfiles patrios a celebrarse en el Distrito de Chepo se
permitirá la participación de las Bandas escolares, instituciones y organizaciones
independierites dentro del Distrito de Chepo, siempre y cuando
se
ajusten a las
disposicion~s
de este decreto y no sean contrarias a
la
moral y las buenas
costumbresJ
TERCERO:
Los
responsables de las organizaciones independientes donde
se
1
permita
ta
articipación de men¡ores de edad, remitirán un documento a este
despacho I onde conste que
lis
padres o
tutor
de los menores dan
su

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