Resolución Nº 817 de 13 de noviembre de 2008, 'POR LA CUAL SE DELEGA COMO EN EFECTO DELEGA EL EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN COACTIVA EN EL LICENCIADO NOÉ VILLARREAL, PARA EJERCER LA JURISDICCIÓN COACTIVA EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ'

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIÓN Nº 817 DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2008

LA MINISTRA DE SALUD,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud, según lo establece el artículo 3 de la Ley 40 de 16 de noviembre de 2006, "Por la cual se modifica y adiciona artículos a la Ley 66 de 1947 que aprueba el Código Sanitario y dicta otra disposición", está investido de jurisdicción coactiva para el cobro de todas las obligaciones que se adeudan al Ministerio de Salud por cualquier concepto;

Que la jurisdicción coactiva corresponde ejercerla a la Ministra de Salud quien podrá delegarla en los funcionarios del Ministerio par que ejerzan el cargo de Juez Ejecutor;

Que por lo antes expuesto, La Ministra de Salud en uso de sus facultades legales

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

DELEGAR como en efecto delega el ejercicio de la jurisdicción coactiva en el Licenciado Noé Villarreal, con cédula de identidad personal número 8-295-603, para ejercer la jurisdicción coactiva en la República de Panamá, contra toda personal natural o jurídica que le adeude o mantenga saldo pendiente con la institución en cualquier concepto.

ARTÍCULO SEGUNDO

La presente Resolución deroga la Resolución Nº 210 de 23 de mayo de 2008.

ARTICULO TERCERO

Esta Resolución regirá a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 3 de la Ley 40 de 16 de noviembre de...

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