Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 25 de Marzo de 1994

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución25 de Marzo de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma FORENSE GRIMALDO, TEJEIRA Y GERBAND, en representación de METROPOLITANA DE SEGUROS DE V.S.A. ha demanda Contencioso-Administrativo de Plena Jurisdicción para que se declare nula por ilegal, la Resolución Nº 7030-87 SUB-D.G. de 11 de junio de 1987, dictada por el Subdirector General de la Caja de Seguro Social, actos confirmativos y para que se hagan otras declaraciones.

La parte actora sustenta básicamente su pretensión aduciendo que METROPOLITANA DE SEGUROS DE VIDA, S.A., es una empresa que se dedica de manera exclusiva al negocio de asegurar los riesgos de muerte, enfermedad y accidentes de personas, por lo que jamas se ha dedicado al negocio de corredora de Seguros en todos los ramos que Compañía de Asesores de Seguro S. A., (COASE) si se decida al negocio de corredora de seguros en todos los ramos, así como a la asesora en el ramo se seguro, entrenamiento y preparación de las personas que desean dedicar a la corredora de seguros y similares que ambas compañías, METROPOLITANA DE SEGURO DE VIDA, S. A. Y (COASE) Compañías de Asesores de Seguro S. A., son distintas una de otra en cuanto al negocio a que se dedican, sus direcciones, accionistas, intereses, organización administrativa que el Director de la Caja de Seguro Social, condenó en primera instancia a la (COASE) Compañía de Asesores de Seguro, S.A. a pagar la suma de treinta y seis mil ochocientos sesenta y ocho balboas con trece centésimos (36,868.13) en concepto de cuotas obrero patronal no cotizadas en la Caja de Seguro Social que la (COASE) Compañía de Asesores de Seguro S. A. solicitó se reconsiderara con apelación en subsidio la Resolución que ordenaba el pago de dicha suma de dinero, más sin embargo al resolverse la reconsideración el Sub-Director, decidió condenar de manera solidaria a la empresa METROPOLITANA DE SEGURO DE V.S.A., a pagar la suma adeudada en concepto de cuotas obrero patronal no reportadas a la Caja de Seguro Social, sin que se le manifestara con exactitud, en relación a que personas se realizaba este alcance. Esta decisión fue apelada ante la Junta Directiva de La Caja de Seguro Social, quien resolvió confirmado la solidaridad de METROPOLITANA DE SEGURO DE VIDA, S.A. con la (COASE) Compañía de Asesores de Seguros de V.S.A., Que el hecho de ambas empresas llegaran a un acuerdo de entrenamiento, de que (COASE) Compañía de Asesores de Seguro S. A., entrenaría a personas que esta misma empresa reclutaba, y se ofrecía a beneficiar dichas cursos en forma de beca que posteriormente, estas personas entrenadas pagadas dichos préstamos entrenadas pagaban dicho préstamo, que estas personas...

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