Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 2 de Febrero de 2001

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La Firma Arcia, V. &V., actuando en representación de GLORIA DE SOSA, interpuso demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declare nulo, por ilegal, el acto administrativo contenido en el Acta Nº 35 de 3 de septiembre de 1999, expedida por el Consejo Municipal de ese Distrito de la Provincia de Los Santos y para que se haga otras declaraciones, en lo que concierne a la elección del señor A.C. como Tesorero Municipal de ese Distrito.

Admitida la demanda se corrió en traslado a la señora Procuradora de la Administración, quien emitió su concepto a través de la Vista Fiscal Nº 255 de 26 de mayo de 2000. Además, se requirió al funcionario demandado que rindiera un informe de conducta, y así lo hizo a través de Nota S/N de 28 de marzo de 2000.

  1. CONTENIDO DEL ACTO IMPUGNADO

    El acto impugnado en la presente causa es el acto administrativo contenido en el Acta Nº 35 de 3 de septiembre de 1999, expedida por el Consejo Municipal del Distrito de Las Tablas, en lo concerniente a la elección del señor A.C. como Tesorero Municipal de ese distrito.

    En dicha acta se recoge además, la elección del Presidente, V., S. y Subsecretario del Consejo Municipal de Las Tablas, así como del Ingeniero Municipal.

  2. DISPOSICIONES VIOLADAS Y EL CONCEPTO DE LA INFRACCIÓN

    La parte actora estima que el acto impugnado viola en forma directa, por comisión, el artículo 53 de la Ley 106 de 1973 modificada por la Ley 52 de 1984, el cual es del tenor siguiente:

    "ARTÍCULO 53. No podrán ser escogidos Tesoreros Municipales, el cónyuge ni los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Alcalde o los Concejales ni quienes hayan sido condenados por delitos contra la cosa pública".

    Al explicar el concepto de la infracción manifestó que el Consejo Municipal del Distrito de las Tablas infringió el precitado artículo al elegir como Tesorero Municipal al señor A.C. quien es pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad del señor J.A.Q.G., Concejal del Distrito de Las Tablas (Ver fojas 13-20).

  3. INFORME DE CONDUCTA DEL FUNCIONARIO DEMANDADO

    El presidente del Consejo Municipal de Las Tablas rindió el informe de conducta requerido por esta Superioridad, mediante su Nota S/N de 28 de marzo de 2000. En ella manifestó que a su juicio la parte actora debió recurrir contra el acuerdo municipal que establece el nombramiento del Tesorero Municipal y que no consideraba que un acta pudiese violar leyes (Ver fojas 29-31).

  4. OPINIÓN DE LA...

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