Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 2 de Octubre de 2001

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado J.J., en representación de J.T., B.S., VENTANAS Y M.M., S.A. y J.G., ha presentado demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nulo, por ilegal, el Acuerdo Municipal Nº 53 de 16 de agosto del 2000, dictado por el Consejo Municipal del Distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro.

A través del acto administrativo acusado de ilegal, el Consejo Municipal del Distrito de Changuinola, Provincia de Bocas del Toro adjudicó un lote s/n, en el área el Millón al señor M.R., luego de que éste cancelase la totalidad del valor del terreno. El Acuerdo en mención autorizó al Alcalde del Distrito para que efectuase la venta en nombre del Municipio.

Previo a la admisión de la demanda en cuestión, la Sala observa que existe solicitud de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo acusado de ilegal. Específicamente el actor pide lo siguiente:

"Solicitamos a los señores Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, como medida preventiva, se sirvan suspender los efectos de los actos acusados y, consecuentemente, ordenar la suspensión de los efectos del Acuerdo Municipal Nº53 de 16 de agosto de 2000, emitido por el Consejo Municipal del distrito de Changuinola, y proceda también a comunicar al Registro Público de la propiedad los efectos de tal suspensión, para que sea sacada del comercio la finca Nº6048, de la provincia de Bocas del Toro, Código 1101, asiento 1, documento Nº154317, de la sección de D., que surge como resultado de la segregación hecha según lo dispuesto en el Acuerdo Municipal demandado, hasta tanto se resuelva el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, toda vez que ello permitirá a la comunidad de Changuinola, continuar en el uso y disfrute de la única calle de acceso a la Vía hacia el Aeropuerto y de la única vía para circunvalar la Avenida 17 de abril en Changuinola, Bocas del Toro. De no accederse a esta solicitud el perjuicio que sufriría la comunidad será de inmediato, puesto que la calle no se seguirá utilizando, inclusive el personal del Juzgado de Menores, no podrá siquiera llegar a sus oficinas porque la calle, ahora convertida en lote, en caso de cercarse no permitirá el acceso de ninguno de sus colindantes..."

Este Tribunal Colegiado observa, que la medida cautelar solicitada es la suspensión de los efectos del Acuerdo Nº53 de 16 de agosto de 2000, consistentes en sacar del comercio la Finca Nº 6048, de la provincia de Bocas del Toro, Código 1101...

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