Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 29 de Octubre de 2001

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado P.L.P.V., actuando en su propio nombre y representación, ha presentado demanda contencioso administrativa de Nulidad, a fin de que se declare nulo, por ilegal, el Acuerdo Municipal No. 65 de 17 de abril de 2001, dictado por el Concejo Municipal del Distrito de Panamá, que establece el Certificado de Control de Emisión de Gases Tóxicos y dicta el Reglamento que regirá en el Distrito de Panamá, sobre la materia.

  1. CONTENIDO DEL ACUERDO IMPUGNADO

    El Acuerdo No. 65 de 2001 (fs. 23-28), establece de manera obligatoria y anual, la obtención del certificado de control de emisión de gases tóxicos para todos los vehículos que transiten en el Distrito de Panamá y estén registrados en ese Municipio, a partir del 1º de enero de 2002. El certificado tiene un costo de B/.10.00 más B/.3.50 (precio de calcomanía), y deberá ser obtenido de manera simultánea con el permiso de circulación vehicular.

    Este acuerdo también reglamenta la forma en que se entregará en concesión a diversos talleres mecánicos o empresas afines, la actividad de control de emisión de gases tóxicos, y establece las sanciones que serán impuestas a los vehículos que infrinjan el reglamento, circulen sin el respectivo certificado de control de emisiones, o excedan los valores de emisiones permisibles.

    De acuerdo a las motivaciones que acompañan el Acuerdo impugnado, la creación de este certificado responde a la intención del Municipio de Panamá, de contribuir a reducir la contaminación del aire en el área urbana de la ciudad, y los consecuentes riesgos para la salud de la población, siendo que los vehículos a motor emiten gran cantidad de gases que perjudican la salud y el medio ambiente.

  2. SOLICITUD DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL

    Examinada la demanda, el Tribunal advierte que la parte actora incluye en el libelo, una solicitud especial a fin de que se suspendan, de manera provisional, los efectos del Acuerdo Municipal impugnado, alegando los graves perjuicios económicos que ocasionará, y el hecho de que esta disposición municipal infringe de manera ostensible, varias normas legales de superior jerarquía, que regulan la materia.

    1. efecto, el actor señala lo siguiente:

    1. En cuanto a los perjuicios económicos:

      Alega el demandante, que el Acuerdo Municipal No. 65 de 2001 ocasionará perjuicios económicos a los propietarios de vehículos a motor que pretendan circular en la ciudad capital, quienes a partir del 1º de enero de 2002, tendrán que hacerle frente al pago de "un...

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