Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 25 de Agosto de 1994

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución25 de Agosto de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado FRANCISCO PULICE COSSU, actuando en su propio nombre, ha promovido demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declaren nulos, por ilegales, el Decreto Alcaldicio Nº 11 de 7 de julio de 1994 por medio del cual se regula el horario para el expendio de bebidas alcohólicas en bodegas, cantinas, bares, jorones, discotecas, jardines y similares, en el Distrito de la Chorrera, y el Decreto Alcaldicio Nº 12 de 12 de julio de 1994 que modifica el decreto anterior, ambos dictados por el Alcalde Municipal del Distrito de la Chorrera.

En la demanda presentada, el Licenciado PULICE COSSU solicita la suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos impugnados, a fin de evitar perjuicios notoriamente graves y para que se de una urgente protección al ordenamiento jurídico.

Al resolver la medida cautelar solicitada, el Pleno de la Sala observa que, mediante auto de 9 de agosto de 1994, dictado en la demanda contencioso administrativa de nulidad promovida por el Licenciado Celio E.G. contra el Decreto Alcaldicio Nº 11 de 7 de julio de 1994, esta S. NEGÓ la suspensión provisional de los efectos de dicho acto administrativo, por no advertir "a primera vista, que el acto impugnado infrinja...

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