Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 26 de Noviembre de 2001

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado C.H.M., en su condición de apoderado judicial del Movimiento de Contadores Públicos Independientes, ha interpuesto demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000, dictada por la Junta Técnica de Contabilidad.

Mediante el acto impugnado son adoptadas en forma íntegra las normas de contabilidad emitidas y que emita el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC); además, ordena la inscripción en el Registro de Normas de Contabilidad Financiera de la Junta Técnica de Contabilidad, de una serie de normas emitidas por el IASC, resuelve coordinar con el NOCOFIN, las universidades y asociaciones profesionales la divulgación de las normas internacionales de contabilidad, y fija su entrada en vigencia el período fiscal que inicia en el año 2001.

En el libelo contentivo de la demanda el letrado formula petición a la Sala para que suspendan los efectos de dicho acto, dado el desconocimiento de la normas adoptadas, cuya aplicación se hace obligatoria a partir de los períodos fiscales de 2001, que en caso de incumplimiento se exponen a sanciones.

Otro punto abordado para ilustrar al Tribunal sobre la necesidad de acoger la medida cautelar solicitada es la situación de los estudiantes de contabilidad de las distintas universitarios. Sobre este punto explicó que no figura en la programa de enseñanza de estos estudiantes cátedra alguna sobre las normas internacionales de contabilidad.

Explicó de igual modo, que la normas internacionales de contabilidad son una propiedad intelectual del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASC) y que en tal condición, su uso, reproducción, comunicación o traducción está expresamente prohibida por la Ley 15 de agosto de 1994, cuya infracción acarrea sanciones de tipo administrativo, civil y penal.

Entre los documentos aportados con la demanda en respaldo de las afirmaciones del demandante reposan, la nota enviada por G.B., Director de Publicaciones del International Accounting Standards Committee (Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad), a la Presidenta de la Junta Técnica de Contabilidad, del Ministerio de Comercio e Industrias. La correspondencia hace énfasis en los derechos de autor que le corresponden a IASC por la publicación y reproducción, en cualquier idioma, de los Estándares Internacionales de Contabilidad y otras publicaciones relacionadas. En tal orientación, en la...

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