Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Enero de 1997

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución30 de Enero de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado D.S., actuando en nombre y representación de la Alcaldesa del Distrito de Panamá, ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nulo, por ilegal, el artículo tercero del Acuerdo Municipal Nº 159 de 26 de septiembre de 1995, dictado por el Consejo Municipal del Distrito de Panamá.

Conjuntamente con las pretensiones de la demanda, el licenciado S. solicitó la suspensión provisional de los efectos del Artículo Tercero del Acuerdo Municipal Nº 159 de 26 de septiembre de 1995, dictado por el Consejo Municipal del Distrito de Panamá, "por medio del cual se modifica el cargo que en concepto de boletas de estacionómetros cobra en la actualidad el Municipio de Panamá".

El apoderado judicial de la parte actora fundamenta su petición en los siguientes términos:

"Solicitamos a los Honorables Magistrados de la Corte Suprema, que previamente a decidir el fondo de la Demanda de Ilegalidad, SUSPENDAN los efectos legales y administrativos del Artículo Tercero del Acuerdo Municipal Nº 159, del 26 de septiembre de 1995, "Por medio del cual se modifica el cargo que en concepto de boletas de estacionometros (sic) cobra en la actualidad el Municipio de Panamá.

Esta solicitud se basa en los presupuestos y principios que en reiteradas ocasiones por intermedio de la Sala Tercera se ha pronunciado. Así tenemos que, la norma precitada y objeto de nuestra acción tenemos que:

  1. Causa un grave y notorio perjuicio económico al Municipio de Panamá.

  2. Causa una grave lesión al ordenamiento que produce una evidente contradicción entre el acto expedido por el Concejo y la condición objetiva de la Ley.

Ambos señalamientos, sirven de fundamento para solicitar como en efecto solicitamos que se proceda a la suspensión provisional del Artículo Tercero del Acuerdo Municipal Nº 159, del 26 de septiembre de 1995."

La suspensión en estos casos de nulidad procede si el acto administrativo infringe claramente el principio de separación de poderes o si puede entrañar un perjuicio a la integridad del ordenamiento jurídico por violar en forma manifiesta una norma jurídica de rango superior.

La Sala observa que en el Artículo Tercero del Acuerdo Municipal Nº 159 de 26 de septiembre de 1995, dictado por el Consejo Municipal del Distrito de Panamá, "por medio del cual se modifica el cargo que en concepto de boletas de estacionómetros cobra en la actualidad el Municipio de Panamá"...

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