Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Julio de 1993

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución30 de Julio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El señor C.B. ha promovido proceso contencioso administrativo de nulidad contra el Órgano Ejecutivo. En la demanda se pide a la Corte que declare que es nulo el Decreto No.1 de 26 de enero de 1990 por medio del cual se nombra en el cargo de Gerente General de los Casinos Nacionales al señor A.G. R.

El Ministro de Hacienda y Tesoro al rendir su informe explicativo de conducta presentó una advertencia de inconstitucionalidad sobre los Decretos 143 de 1965 y 99 de 1973. La advertencia fue elevada en consulta al Pleno de la Corte Suprema por el Magistrado Sustanciador y aquél declaró que los citados decretos no son inconstitucionales, según se señala en sentencia de 4 de julio de 1992.

La parte demandante considera que el acto administrativo por ella impugnado ha infringido el artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. 143 de 1965 modificado por el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.99 de 1973. Esta norma señala que para desempeñar el cargo de Gerente General de los Casinos Nacionales se requería, entre otros requisitos, contar con una experiencia administrativa en manejo de casinos no menor de 5 años.

El Procurador de la Administración al contestar la demanda mediante la Vista No. 447 de 10 de septiembre de 1991 aceptó que se requería la experiencia de 5 años para ser idóneo para el citado cargo público, pero señaló que "el demandante no ha demostrado aún que el señor G. fue nombrado en un cargo público sin ser idóneo para el mismo" (a foja 36).

La Sala observa que en el presente caso se ha producido el fenómeno de convalidación del acto administrativo impugnado porque la norma que el mismo podía infringir ha sido derogada. En efecto, el Organo Ejecutivo mediante el Decreto No. 170 de 24 de septiembre de 1992, aprobó la Resolución No.10 de 17 de julio de 1992, por la cual la Junta de Control de Juegos aprobó el Reglamento Interno de Casinos Nacionales y en el artículo 2o. de dicho decreto se...

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