Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 7 de Septiembre de 1998

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Dentro de la demanda Contencioso Administrativa de nulidad interpuesta por el Licenciado E.C.A., en representación del CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA, para que se declare nulo, por ilegal, el Contrato de Compraventa contenido en la Escritura Pública No. 4,779 de 25 de mayo de 1994, suscrito entre la Corporación para el Desarrollo el B. y E.A.G.; el Licenciado E.M.R. ha presentado escrito anunciando apelación en contra de la Resolución de fecha 18 de febrero de 1998, por medio de la cual se admite la presente demanda Contencioso Administrativa de Nulidad.

El Magistrado Sustanciador considera que la Resolución que admite la demanda, de fecha 18 de febrero de 1998, está en firme y ejecutoriada desde el día 3 de junio del año en curso, fecha esta en que se cumplió el término de cinco días del Traslado de la Procuradora de la Administración. Igualmente ya había rendido informe la autoridad que expidió el acto y se notificó la parte actora.

Al examinar la pretensión del recurrente de impugnar en esta etapa del proceso la Resolución judicial que admitió la demanda, esta Superioridad constata...

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