Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Abril de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Lcda. A.B.V., en representación de LIBERTAD BRENDA DE ICAZA, interpuso ante la Sala Tercera demanda contenciosa-administrativa de nulidad para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 1 de 2 de enero de 2002, modificada por la Resolución No. 14 de 1º de marzo de 2002, expedidas por el Consejo Municipal del Distrito de La Chorrera.

Por medio del acto acusado, se ordenó la racionalización de los gastos municipales, hasta tanto se normalice la situación de la economía nacional. También se dispuso, que los pagos o cualquier gasto fuese autorizado por la Comisión de Hacienda del Consejo Municipal, quien otorgará su aval según las posibilidades económicas del Municipio (Cfr. fs.1-2).

De acuerdo con la demandante, la resolución impugnada violó los artículos 42 y 45 de la Ley 106 de 8 de octubre 1973 (fs. 12-13).

Cabe señalar, que el Presidente del Consejo Municipal de La Chorrera rindió su informe de conducta mediante nota sin fecha, visible a fojas 52-55, en tanto que la Procuradora de la Administración emitió concepto mediante Vista No. 620 de 19 de noviembre de 2002 (fs. 63-70). Ambos funcionarios adujeron la existencia de sustracción de materia, dado que a través del Acuerdo Municipal No. 21 de 26 de abril de 2002, se aprobó el Presupuesto de Rentas y Gastos del Municipio de La Chorrera, para la vigencia fiscal 2002, por lo cual quedaron sin efecto las medidas adoptadas a través de la resolución impugnada.

DECISIÓN DE LA SALA TERCERA

Después de examinar las constancias procesales, esta Superioridad estima que le asiste razón tanto al Presidente del Consejo Municipal de La Chorrera, como a la representante del Ministerio Público, en cuanto sostienen que en este negocio existe sustracción de materia.

En efecto, tal como se aprecia de foja 26 a la 51, por medio del Acuerdo Municipal No. 21 de 26 de abril de 2002, el cuerpo edilicio demandado aprobó el Presupuesto de Rentas y Gastos correspondiente al año 2002. Importa destacar, que este Acuerdo adoptó una serie de normas de administración presupuestaria, entre las que se incluyen...

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