Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Diciembre de 2003

PonenteJacinto Cárdenas M
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado L.A.P., actuando en representación de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, presentó ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declaren nulos, por ilegales, el acto de 22 de enero de 1997 del Comité Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Nacional que aprobó la celebración del contrato entre la A.P.N. y Ports Engineering & Consultans Corp., la Resolución C.E. Nº007-97 de 22 de enero de 1997, dictada por el Ministro de Comercio e Industrias en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Nacional; el Memorándum Nº 009-97SDGT de 6 de febrero de 1997; la Nota D.G. Nº 247-97-SDGT de 6 de febrero de 1997 y la Resolución D.G. Nº 012-97 de 6 de febrero de 1997, todos suscritos por el Director General de la Autoridad Portuaria Nacional y Ports Engineering & Consultants Corp., y el Contrato Nº 2-034-97 celebrado el 18 de diciembre de 1997, entre la Autoridad Portuaria Nacional y Ports Engineering & Consultants Corp.

  1. CONTENIDOS DE LOS ACTOS IMPUGNADOS

Mediante Sesión celebrada el 22 de enero de 1997, el Comité Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Nacional, -hoy Autoridad Marítima de Panamá-, decidió aprobar la celebración de un contrato de concesión entre la Autoridad Portuaria Nacional y la sociedad anónima Ports Engineering & Consultants Corp., para la prestación de servicios de señalización, hidrografías, estudios y diseños, agrimensura y geodesia (fs. 205-206)

Seguidamente, el Comité Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Nacional, -hoy Autoridad Marítima de Panamá- emitió la Resolución C.E. Nº 007-97 de 22 de enero de 1997, a través de la cual resolvió autorizar al Director General de la Autoridad Portuaria Nacional para que suscribiera un contrato de concesión sobre los servicios, bienes, recaudaciones y funciones que dicha entidad gubernamental presta para facilitar la navegación, con la empresa PORTS ENGINNERING & CONSULTANTS CO (fs. 216-222).

H. otorgado esta autorización, el Director General de la entonces Autoridad Portuaria Nacional suscribió, el 6 de febrero de 1997, el Memorándum Nº 009-97- SDGT a fin de que los Administradores de Puertos, Dirección de Finanzas, Fiscalización y Control Institucional de la A.P.N., tuviesen conocimiento de lo siguiente:

"El día 22 de enero nuestro Comité Ejecutivo aprobó la concesión de actividades de la Dirección de Ingeniería de la Autoridad Portuaria Nacional, a la empresa Ports Engineering & Consultants Corp (PECC).

Esta empresa inició formalmente sus operaciones como concesionaria de la A.P.N., el día lunes 3 de febrero de 1997. La concesionaria PECC realizará todas las actividades de la señalización marítima, y suministrará las boyas, faros, torres de control y equipos de control de tráfico...

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