Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Octubre de 2006

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El D.G.G. DE PAREDES por conducto de su apoderado judicial D.C.E.M. P. compareció ante esta instancia y promovió, en tiempo oportuno, Recurso de Reconsideración en contra del Auto de fecha 23 de junio de 2006, proferido por la Sala mediante la cual se decretó la Suspensión Provisional de los efectos de la Resolución S/N de 23 de mayo de 2006 expedida por ORGANISMO ELECTORAL UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ en relación con las elecciones que se realizarían, y que, en efecto, se realizaron el 28 de junio de 2006.

El medio de impugnación ensayado fue acogido para trámite mediante Resolución de 26 de junio de 2006, en el efecto diferido en acatamiento de lo que disponen claramente los artículos 1138 numeral 3 y 1139 numeral 2 del Código Judicial.

El citado Recurso fue puesto en conocimiento del Abogado demandante M.A.B.V. para ofrecerle la oportunidad de presentar sus puntos de vistas al respecto, oportunidad que se venció sin que éste hubiera planteado su posición sobre el particular.

Ahora que se encuentran cumplidos los trámites rituales respectivos, el expediente ha ingresado para la decisión de rigor el pasado 24 de julio de 2006, tal como consta en la certificación secretarial que milita a foja 99 del expediente.

Al momento de entrar a decidir el mérito del Recurso propuesto, la Sala observa que al expediente han sido incorporados, por iniciativa del recurrente, un conjunto de documentos y certificaciones (cfr. fojas 93, 94 y 95 del expediente) que indican lo siguiente:

a.Que las elecciones convocadas por la Universidad de Panamá para la escogencia de su Rector, en efecto, se celebraron el pasado 28 de junio de 2006.

b.Que el Organismo Electoral Universitario hace constar que el D.G.G. DE PAREDES fue proclamado como Rector Electo de la Universidad de Panamá 2006-2011 al resultar vencedor en los referidos comicios.

c.Que el Organismo Electoral Universitario reconoció el 12 de julio de 2006 al D.G.G. DE PAREDES como Rector electo de la Universidad de Panamá 2006-2011 y procedió a la entrega de las credenciales respectivas en cumplimiento del artículo 101 del Reglamento General de Elecciones Universitarias.

Las circunstancias que aparecen descritas plantean una sustancial mutación de las circunstancias de hecho y de derecho que integran el objeto litigioso acerca de la cuestión puntual sobre la que recaía la orden de suspensión que decretó la Sala en el Auto de 23 de junio de 2006 que fue objeto de impugnación. Esta...

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